Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 45

Fecha del Boletín 
22-02-2019

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20190222-75

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 85

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Madrid número 85. Procedimiento 577 de 2017, notificación a Diego Armando Villa Guzmán

EDICTO

Don Enrique Cilla Calle, letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de primera instancia número 85 de Madrid.

Da fe: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento de familia, guarda, custodia o alimentos de hijos menores no matrimoniales no consensuados número 577 de 2017, instados por el procurador don José Manuel Merino Bravo, en nombre y representación de doña Iris Evelina Lalangui Bustamante, contra don Diego Armando Villa Guzmán, en reclamación de guarda y custodia contenciosa, en los que se ha dictado en fecha 23 de enero de 2019 sentencia, cuyo encabezamiento y parte dispositiva son los siguientes:

Sentencia número 37 de 2019

Magistrada-juez, doña María Serantes Gómez.—En Madrid, a 23 de enero de 2019.

Doña María Serantes Gómez, juez del Juzgado de primera instancia número 85 de Madrid, ha visto los presentes autos de familia, guarda, custodia o alimentos de hijos menores no matrimoniales no consensuados número 577 de 2017, promovidos por el procurador don José Manuel Merino Bravo, en nombre y representación de doña Iris Evelina Lalangui Bustamante, contra don Diego Armando Villa Guzmán, habiendo sido parte el ministerio fiscal.

Parte dispositiva:

Que estimando en parte la demanda interpuesta por doña Evelina Lalangui Bustamante, representada por el procurador don José Manuel Merino Bravo, contra don Diego Armando Villa Guzmán, en situación procesal de rebeldía, se acuerda:

1.o Atribuir la guarda y custodia de los hijos menores a la madre, así como el ejercicio de la patria potestad.

2.o No ha lugar a fijar régimen de visitas de los menores con su padre.

3.o Queda en suspenso la contribución del padre a los alimentos de los hijos.

Así por esta sentencia lo pronuncio, mando y firmo.—La magistrada-juez.

En atención al desconocimiento del actual domicilio del demandado, don Diego Armando Villa Guzmán, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Secretaría de este Tribunal.

En Madrid, a 25 de enero de 2019.—El letrado de la Administración de Justicia (firmado).

(03/4.773/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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