Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 49

Fecha del Boletín 
27-02-2019

Sección 1.3.56.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20190227-10

Páginas: 1


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE Y ORDENACIÓN DEL TERRITORIO

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RESOLUCIÓN de 13 de febrero de 2019, del Director General de Medio Ambiente y Sostenibilidad, por la que se ordena la publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID del fallo de la sentencia firme número 1739/2018, de 10 de diciembre, de la Sección Cuarta, de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, recaída en el recurso de casación número 1424/2016.

La Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha dictado sentencia de 10 de diciembre de 2018.

La sentencia casa y anula la sentencia de 8 de marzo de 2016, dictada por la Sección Octava de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de Tribunal Superior de Justicia de Madrid en el recurso contencioso-administrativo número 1056/2014.

La sentencia anula la Orden 1121/2014, de 18 de junio, de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, por la que se fijan las limitaciones y épocas hábiles de caza que regirán durante la temporada 2014-2015.

En ejecución de la citada sentencia y de conformidad con los artículos 107 y 72.2 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y con lo dispuesto en el artículo 7.4 de la Orden 1/2018, de 25 de mayo, de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, por la que se delega el ejercicio de determinadas competencias,

RESUELVO

Ordenar la publicación del fallo de la sentencia del Tribunal Supremo de 10 de diciembre de 2018 dictada en el recurso de casación 1424/2016, en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, que dice:

“Por todo lo expuesto, en nombre del Rey y por la autoridad de le confiere la Constitución, esta Sala ha decidido

Primero

Ha lugar al recurso de casación interpuesto por la representación procesal de la Asociación Ecologistas en Acción de Madrid, AEDENAT, contra la sentencia de 8 de marzo de 2016, dictada por la Sección Octava de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid en el recurso contencioso-administrativo número 1056/2014.

Segundo

En consecuencia, casamos y anulamos dicha sentencia y en su lugar estimamos íntegramente el recurso contencioso-administrativo interpuesto, en su pretensión principal.

Tercero

En su virtud anulamos la Orden 1121/2014, de 18 de junio, de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, por la que se fijan las limitaciones y épocas hábiles de caza que regirán durante la temporada 2014-2015.

Cuarto

Ordenamos publicar el fallo de esta sentencia en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Con costas en los términos del último fundamento de Derecho”.

Madrid, a 13 de febrero de 2019.—El Director General de Medio Ambiente y Sostenibilidad, Luis del Olmo Flórez.

(03/5.960/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.56.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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