Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 49

Fecha del Boletín 
27-02-2019

Sección 3.10.20T: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20190227-36

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE TORRES DE LA ALAMEDA

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

36
Torres de la Alameda. Organización y funcionamiento. Dedicación parcial

Por decreto de la Alcaldía-Presidencia, de 13 de febrero de 2019, se aprobó la resolución cuya parte resolutiva se transcribe literalmente:

Primero.—Modificar, con fecha de efectos del lunes 11 de febrero de 2019, el régimen de dedicación parcial, del concejal-delegado de Medio Ambiente y Deportes, don Juan Vicente Gómez Navarro, así como todos los derechos económicos que de esta se derivan, a petición del mismo, por considerar que la reducción de la dedicación no perjudica los intereses municipales, especialmente teniendo en cuenta la próxima finalización del actual mandato corporativo.

Segundo.—Determinar que don Juan Vicente Gómez Navarro, como concejal-delegado de Medio Ambiente y Deportes, continuará realizando sus funciones en régimen de dedicación parcial, debiendo tener una presencia efectiva mínima en el Ayuntamiento de las horas semanales o diarias que se indican así como las retribuciones que a continuación se relacionan:

Cuarto.—Dar cuenta de la presente resolución al Pleno municipal en la próxima sesión que este celebre.

Quinto.—Notificar la presente resolución al interesado, y dar traslado del contenido de la misma a los servicios de intervención, tesorería y recursos humanos.

Sexto.—Publicar el contenido de esta resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, en el tablón de anuncios de la Corporación, en la sede electrónica y en el Portal de Transparencia, a los efectos de su general conocimiento, dada su trascendencia.

Contra este decreto, que pone fin a la vía administrativa, de conformidad con lo que establece el artículo 52 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y de acuerdo con lo que dispone el artículo 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, podrá interponerse, con carácter previo y potestativo, recurso de reposición ante la Alcaldía de este Ayuntamiento, en el término de un mes a contar desde el día siguiente a la recepción de su notificación, o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, en el término de dos meses a contar desde el día siguiente a la recepción de su notificación. No obstante, podrá interponer cualquier otro, si lo considera conveniente.

Lo que remito se publica, a los efectos oportunos, de acuerdo con lo previsto en el artículo 44.2 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre.

Torres de la Alameda, a 15 de febrero de 2019.—El secretario, Pedro Vizuete Mendoza.

(03/6.033/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20T: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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