Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 50

Fecha del Boletín 
28-02-2019

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20190228-87

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 12

87
Madrid número 12. Procedimiento 330 de 2017, notificación a Sergio Mario Olotegui Sánchez

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. ENCARNACION GUTIERREZ GUIO LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 12 de Madrid, HAGO SABER:

Que en el procedimiento 330/2017 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. SECUNDINO BRITOS ORTIZ frente a D./Dña. Sergio Mario Olotegui Sánchez y FOGASA sobre Procedimiento Ordinario se ha dictado la siguiente resolución AUTO ACLARACION DE SENTENCIA cuya PARTE DISPOSITIVA DICE:

PARTE DISPOSITIVA

SE ACUERDA SUBSANAR el defecto advertido en el fallo de la Sentencia de fecha 25/10/2017, así como en el Auto de Aclaración de Sentencia de fecha 24/11/2017 en los siguientes términos:

Donde dice: Que ESTIMANDO la demanda en reclamación de cantidad, interpuesta por D. JAVIER GAMARRA ROMERO, contra D. SECUNDINO BRITOS ORTÍZ Y FONDO DE GARANTÍA SALARIAL CONDENO al demandado a satisfacer al actor de la cantidad de MIL DOSCIENTOS CINCUENTA EUROS (1.250 €). Cantidad que devengará el interés del 10%.

Debe decir: Que ESTIMANDO la demanda en reclamación de cantidad, interpuesta por D. SECUNDINO BRITOS ORTÍZ, contra D. SERGIO MARIO OLOTEGUI Y FONDO DE GARANTIA SALARIAL CONDENO al demandado a satisfacer al actor de la cantidad de MIL DOSCIENTOS CINCUENTA EUROS (1.250 €). Cantidad que devengará el interés del 10%.

Incorpórese esta resolución al libro de sentencias y llévese testimonio a los autos.

Así, por éste su Auto, lo acuerda, manda y firma, el Ilmo. Sr. Magistrado - Juez

D./Dña. SANDRA GARCÍA FUENTES.

EL MAGISTRADO-JUEZ

Contra esta resolución no cabe interponer recurso alguno, sin perjuicio de los recursos que procedan, en su caso, contra la resolución a la que se refiere la aclaración, cuyos plazos comenzarán a computarse el día siguiente a la notificación de este auto.

DILIGENCIA.- Seguidamente se cumple lo acordado, y se procede a su notificación a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 L.R.J.S. Doy fe.

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a D./Dña. Sergio Mario Olotegui Sánchez, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletin Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a cuatro de febrero de dos mil diecinueve.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/4.667/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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