Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 54

Fecha del Boletín 
05-03-2019

Sección 4.140.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20190305-204

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÓSTOLES NÚMERO 1

204
Móstoles número 1. Procedimiento 683 de 2018, notificación a Patridy Cartera, S. L.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Victoria Esteban Delgado, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 1 de Móstoles.

Hago saber: Que en el procedimiento número 683 de 2018-E de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Alexandru Constantine Minhea, frente a “Patridy Cartera, Sociedad Limitada”, sobre despidos/ceses en general, se ha dictado la siguiente resolución:

Fallo

Estimar la demanda de despido interpuesta por don Alexandru Constantine Minhea, contra “Patridy Cartera, Sociedad Limitada”, declarando improcedente el despido del actor y siendo imposible la readmisión, declaro extinguida la relación laboral entre las partes en la fecha de la presente resolución judicial, y condeno a “Patridy Cartera, Sociedad Limitada” a que abone al actor la indemnización de 2.112,88 euros, más los salarios de trámite, a razón de 48,02 euros diarios desde la fecha del despido hasta la fecha de la sentencia, descontando el salario que ha percibido de “Multiservicios Vountone, Sociedad Limitada”, del 23 de mayo al 27 de julio de 2018, de “Transface, Sociedad Limitada”, del 7 de agosto al 8 de septiembre de 2018, de “PJ España Pizzerias, Sociedad Limitada”, del 16 de julio al 4 de octubre de 2018, y el que percibe de la empresa “Antonio Rivas Ruiz”, desde el día 11 de septiembre de 2018, si fuera igual o superior a aquel, salvo que sea inferior, en cuyo supuesto percibiría la diferencia, lo que se determinará en ejecución de sentencia.

Estimar la demanda de reclamación de cantidad interpuesta por don Alexandru Constantine Minhea, contra “Patridy Cartera, Sociedad Limitada”, condenando a la mercantil demandada a abonar al actor la cantidad de 1.677,15 euros, más el 10 por 100 de interés por mora de los conceptos salariales.

No procede hacer especial pronunciamiento en cuanto a las costas.

Notifíquese esta resolución a las partes, advirtiéndoles que pueden recurrir en suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de cinco días hábiles, a contar del siguiente a la notificación, por medio de comparecencia o por escrito, siendo indispensable si el recurrente no ostenta el carácter de trabajador y no goza del beneficio de justicia gratuita, que presente resguardo acreditativo de haber ingresado, en impreso separado, el total al que se le condena y sin cuyo requisito no se tendrá por anunciado el recurso, y al mismo tiempo para su formalización, deberá presentar resguardo de ingreso del depósito especial de 300 euros, ambos en la cuenta abierta a tal efecto en el “Banco Santander” y sin cuyo requisito no podrá tenerse en cuenta el recurso y quedará firme la sentencia.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Patridy Cartera, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Móstoles, a 30 de enero de 2019.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(03/6.297/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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