Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 54

Fecha del Boletín 
05-03-2019

Sección 3.10.20G: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20190305-52

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE GRIÑÓN

PERSONAL

52
Griñón. Personal. Modificación plantilla

El Pleno del Ayuntamiento de Griñón, en sesión ordinaria celebrada el día 7 de febrero de 2019, adoptó un acuerdo cuyo tenor literal es el que sigue:

“Primero.—Aprobar definitivamente la modificación de la plantilla de personal y el anexo de personal del presupuesto prorrogado 2018 del Ayuntamiento de Griñón para la integración del puesto de agente de Policía Local y de cabo de Policía Local (oficial Policía Local) en el subgrupo C1 según la Ley con el siguiente:

Segundo.—Aprobar definitivamente la modificación del Catálogo de Personal (un catálogo de puestos de trabajo, que identifica los mismos. BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 42, de viernes 19 de febrero de 2016, de conformidad con el acuerdo de Pleno del Ayuntamiento de Griñón de 29 de diciembre de 2015, publicado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 17, de 21 de enero de 2016, y acuerdo plenario de 4 de febrero de 2016, de rectificación de corrección de errores materiales publicado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 42, de 19 de febrero de 2016.

Tercero.—Exponer al público mediante anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, poniendo en conocimiento que se trata de acto que pone fin a la vía administrativa, indicando el régimen de recursos que procedan”.

Lo que se hace público para general conocimiento, indicándose que contra el presente acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 8.1, 10.1 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, todo ello sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que estimen procedente en derecho (artículo 40.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).

En Griñón, a 20 de febrero de 2019.—El alcalde-presidente, José María Porras Agenjo.

(03/6.810/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20G: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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