Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 61

Fecha del Boletín 
13-03-2019

Sección 4.140.40: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20190313-163

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 42

163
Madrid número 42. Procedimiento 610 de 2018, notificación a Velasco Gómez Asesores, S. L.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Dña. MARIA DEL CARMEN MARTÍN GARCÍA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 42 de Madrid, HAGO SABER:

Que en el procedimiento 610/2018 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D. *** frente a VELASCO GOMEZ ASESORES, S.L y FOGASA, sobre Procedimiento Ordinario se ha dictado la siguiente resolución:

FALLO

Que estimando como estimo la demanda formulada por D. *** frente a la mercantil VELASCO GÓMEZ ASESORES S.L. y el FOGASA, debo condenar y condeno a la mercantil VELASCO GÓMEZ ASESORES S.L.a abonar a D. *** la cantidad de mil novecientos noventa y siete euros con un céntimo de euro (1.997,01 euros), más el 10% de interés por mora.

Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer Recurso de Suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, anunciándolo ante este Juzgado por comparecencia o por escrito en el plazo de los cinco días hábiles siguientes a la notificación del presente fallo.

En caso de querer hacer efectiva esta sentencia el número de CCC de éste Juzgado es el ES55 0049 3569 9200 0500 1274 5355 0064 00 061018.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

PUBLICACIÓN.- Leída y publicada fue la anterior Sentencia en el día de su fecha, por la Ilma. Sra. Magistrado que la dictó, en la Sala de Audiencias de este Juzgado. Doy fe.

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a VELASCO GOMEZ ASESORES, S.L, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletin Oficial de la Comunidad de Madrid y tablón de anuncios del Juzgado.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto ,salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a catorce de febrero de dos mil diecinueve.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/6.589/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.40: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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