Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 61

Fecha del Boletín 
13-03-2019

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20190313-166

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE BARCELONA NÚMERO 3

166
Barcelona número 3. Procedimiento 366 de 2018, notificación a I Cataluña Dental Proyecto Odontológico, S. L. U.

EDICTO

Adoración Navarro Bayo, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social nº 03 de Barcelona.

En este Órgano judicial se tramita el procedimiento 366/2018 en el que se ha dictado sentencia nº 390/18 de fecha 10/12/18.

En atención al desconocimiento del actual domicilio de la parte demandada I CATALUÑA DENTAL PROYECTO ODONTOLOGICO, S.L.U. y de acuerdo con lo dispuesto en el art. 59.2 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social (LRJS) he acordado notificarle la anterior sentencia por medio de este edicto contra la que se puede interponer recurso de suplicación que se ha de anunciar en el plazo de los cinco días hábiles siguientes a la notificación de la misma.

La resolución que se notifica está a disposición de la persona interesada en este Órgano judicial.

Este edicto cumple los criterios de protección de datos de carácter personal en el ámbito de la Administración de Justicia establecidos en los arts. 236 bis y siguientes de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ) y la Instrucción 6/2012 de la Secretaría General de la Administración de Justicia, relativa a la publicación de edictos en diarios y boletines oficiales y la protección de datos.

Y para que sirva de notificación en forma a I CATALUÑA DENTAL PROYECTO ODONTOLOGICO, S.L.U., parte demandada, cuyo domicilio o residencia se desconoce, expido y firmo el presente edicto que se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia y a quien advierto de que las siguientes notificaciones se realizarán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de esta Oficina judicial, salvo aquéllas que revistan forma de auto, sentencia o decreto cuando ponga fin al proceso, todo ello de conformidad con lo establecido en el art. 59.2 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social.

En Barcelona, a 10 de diciembre de 2018. La Letrada de la Administración de Justicia.

(03/9.200/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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