Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 61

Fecha del Boletín 
13-03-2019

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20190313-170

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE SANTA CRUZ DE TENERIFE NÚMERO 1

170
Santa Cruz de Tenerife número 1. Procedimiento 610 de 2018, notificación a Debrain Healthcare, S. L.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Verónica Iglesias Suárez, letrada de la Administración de Justicia de este Juzgado de lo social número 1 de Santa Cruz de Tenerife.

Hago saber: Que en el procedimiento número 610 de 2018, en materia de despido, a instancias de don José Vicente González Cruz, contra “Debrain Healthcare, Sociedad Limitada”, por la letrada de la Administración de Justicia, se han dictado las siguientes resoluciones, que son de los tenores literales siguientes:

Parte dispositiva:

Decreto: Admitir a trámite la demanda interpuesta por don José Vicente González Cruz, contra “Debrain Healthcare, Sociedad Limitada”, sobre despido, y darle la tramitación correspondiente, citándose a las partes en única, pero sucesiva convocatoria, para los actos de conciliación, si procediera, y en su caso de juicio, el primero ante el/la letrado/a de la Administración de Justicia que suscribe, el segundo ante este órgano judicial, para lo cual se señala el próximo 15 de mayo de 2019, a las diez y cuarenta horas, que tendrán lugar en la Sala de audiencias de este Juzgado, sita en calle Leoncio Rodríguez (edificio El Cabo, cuarta planta), de esta ciudad, y, una vez prestada conformidad por el/la ilustrísimo/a señor/señora magistrado/a-juez de este órgano judicial, hágase entrega a la demandada de copia de la demanda y documentos acompañados, y de la cédula de citación o, en su defecto, sirviendo la notificación del presente y entrega de su copia de citación en legal forma.

Adviértase al demandante que ha de acreditar la celebración del acto de conciliación o mediación previa o el intento del acto, y carta de despido en el plazo de quince días, contados a partir del día siguiente a la recepción de la notificación de la presente D. Ord., con apercibimiento de archivo de las actuaciones en caso contrario, quedando sin efecto el señalamiento efectuado. Se advierte a las partes que deben concurrir con los medios de pruebas de que intenten valerse, no suspendiéndose el juicio por la incomparecencia de la demandada citada en forma, en cuyo caso se le declarará en rebeldía sin necesidad de previa declaración, y previniéndose a la demandante de que si no comparece, ni alega causa justa que motive la suspensión del juicio, se le tendrá por desistida de su demanda.

Las partes podrán formalizar conciliación en evitación del juicio, por medio de comparecencia ante la oficina judicial, sin esperar a la fecha del señalamiento, así como someter la cuestión a los procedimientos de mediación que pudieran estar constituidos de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 63 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social, sin que ello dé lugar a la suspensión, salvo que de común acuerdo lo soliciten ambas partes en los términos previstos en el artículo 82.3 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social.

Si el demandado pretendiese comparecer en el juicio asistido de abogado o representado técnicamente por graduado social colegiado o representado por procurador, lo pondrá en conocimiento del Juzgado por escrito, dentro de los dos días siguientes al de su citación para el juicio, con objeto de que, trasladada tal intención al actor, pueda este estar representado por procurador o designar abogado o graduado social colegiado en otro plazo igual o solicitar su designación a través del turno de oficio. La falta de cumplimiento de este requisito supone la renuncia de la parte al derecho de valerse en el acto de juicio de abogado, procurador o graduado social colegiado.

Representación/asistencia: se tiene por anunciada por la parte actora asistencia letrada para asistir al juicio.

Interesadas diligencias de preparación de la prueba a practicar en juicio, dese cuenta al/a la ilustrísimo/a señor/señora magistrado/a-juez de este órgano para resolver lo procedente.

Sin perjuicio de su admisión o inadmisión como prueba por parte de su señoría en el acto del juicio ex. artículo 87.1 de la Ley de la Jurisdicción Social, se acuerda practicar las siguientes citaciones o requerimientos:

— Confesión judicial: cítese a la parte demandada para que comparezca al acto del juicio a responder al interrogatorio de la contraparte por sí o mediante tercero que designe por tener conocimiento personal de los hechos, bajo apercibimiento de tenerse por reconocidos los hechos personales en los que hubiese intervenido y le perjudiquen, ex. artículo 91.2 de la Ley de la Jurisdicción Social, así como multado en la cantidad de 180,30 a 601,01 euros. Sirviendo la presente resolución de citación en legal forma.

— Documental: se requiere a la parte demandada al objeto que aporte los documentos interesados por la parte actora en su demanda.

Modo de impugnación: recurso de reposición en el plazo de tres días ante esta letrada de la Administración de Justicia, expresando la infracción en que la resolución hubiera incurrido.

Así lo acuerda y firma, doña Belén Ruiz Ferrer, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 1 de Santa Cruz de Tenerife.—Doy fe.

Providencia del magistrado-juez, don Roi López Encinas.—En Santa Cruz de Tenerife, a 26 de julio de 2018.

Dada cuenta y solicitada por el actor en su demanda las diligencias de preparación de prueba consistentes en la citación del legal representante de la parte demandada y el requerimiento a dicha entidad para la aprobación de documental, procede, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 80.5 de la Ley de la Jurisdicción Social, acceder a su práctica en los términos explicitados en el decreto de notificación del señalamiento del juicio.

Modo de impugnación: contra esta resolución cabe interponer recurso de reposición en el plazo de tres días ante este órgano, expresando la infracción en que la resolución hubiera incurrido.

Así lo acuerda, manda y firma, su señoría, ante mí, el letrado de la Administración de Justicia. Doy fe.—El magistrado-juez.—El letrado de la Administración de Justicia.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Debrain Healthcare, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Santa Cruz de Tenerife, a 18 de febrero de 2019.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(03/8.510/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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