Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 61

Fecha del Boletín 
13-03-2019

Sección 4.90.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20190313-84

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE MADRID NÚMERO 18

84
Madrid número 18. Procedimiento 1.479 de 2018, notificación a Alba Nely Rosso Méndez

EDICTO

En este Juzgado se siguen autos de procedimiento de juicio sobre delitos leves número 1.479 de 2018, por un presunto delito sin especificar, en cuyos autos se ha dictado la siguiente resolución:

Auto

El magistrado-juez que lo dicta, don Ángel José Lera Carrasco.—En Madrid, a 12 de julio de 2018.

Antecedentes de hecho:

Primero.—En este Juzgado se ha recibido denuncia de doña Alba Nely Rosso Méndez, de fecha 29 de junio de 2018.

Fundamentos de derecho:

Primero.—Los hechos relatados podrían hacer presumir la posible comisión de un delito leve, de delitos sin especificar, por lo que procede tramitar las presentes diligencias, según lo establecido en los artículos 965 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, siendo competente este Juzgado para el enjuiciamiento de los hechos, conforme a las normas de la competencia objetiva, territorial y de reparto, en virtud de lo establecido en el artículo 14 del citado texto legal, artículos concordantes de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y normas de reparto vigentes.

Segundo.—No obstante, de lo actuado no resulta debidamente justificada la perpetración del delito leve que ha dado motivo a la formación causada, por lo que de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 641.1.o de la Ley de Enjuiciamiento Criminal procede, por ahora, decretar sobreseimiento provisional de las actuaciones.

Parte dispositiva:

Incóese juicio por delito leve, registrándose como juicio sobre delitos leves número 1.479 de 2018.

Se acuerda el sobreseimiento provisional y el archivo de las actuaciones, que será definitivo una vez transcurrido el plazo de un año desde la fecha de la firmeza de esta resolución.

Notifíquese esta resolución a las partes personadas y al ministerio fiscal.

Contra esta resolución cabe interponer recurso de reforma y subsidiario de apelación dentro de los tres días siguientes a su notificación, o bien recurso de apelación directo, dentro de los cinco días siguientes a la última notificación.

Lo acuerda y firma, su señoría. Doy fe.—El letrado de la Administración de Justicia.—El magistrado-juez.

Y para que sirva de notificación a doña Alba Nely Rosso Méndez, expido y firmo la presente.

En Madrid, a 14 de febrero de 2019.—El letrado de la Administración de Justicia (firmado).

(03/7.541/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.90.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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