Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 63

Fecha del Boletín 
15-03-2019

Sección 4.90.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20190315-103

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE MADRID NÚMERO 18

103
Madrid número 18. Procedimiento 2.078 de 2018, notificación a Janette Mena Claros

EDICTO

En este Juzgado se siguen autos de procedimiento juicio sobre delitos leves número 2.078 de 2018, entre doña Janette Mena Claros y doña Carolina Deysi Quiroga Almendras, por un presunto delito de amenazas, en cuyos autos se ha dictado la siguiente resolución:

En Madrid, a 11 de octubre de 2018.—El magistrado-juez que lo dicta: don Ángel José Lera Carrasco.

Antecedentes de hecho:

Primero.—En este Juzgado se ha recibido atestado de Madrid, Comisaría de Salamanca, por posible infracción penal cometida en la localidad de Madrid.

Fundamentos de derecho:

Primero.—Los hechos relatados podrían hacer presumir la posible comisión de un delito leve de amenazas, por lo que procede tramitar las presentes diligencias según lo establecido en los artículos 965 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, siendo competente este Juzgado para el enjuiciamiento de los hechos conforme a las normas de la competencia objetiva, territorial y de reparto en virtud de lo establecido en el artículo 14 del citado texto legal, artículos concordantes de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y normas de reparto vigentes.

Segundo.—No obstante, de lo actuado no resulta debidamente justificada la perpetración del delito leve que ha dado motivo a la formación de la causa, por lo que, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 641.1.o de la L ey de Enjuiciamiento Criminal, procede, por ahora, decretar sobreseimiento provisional de las actuaciones.

Parte dispositiva:

Incóese juicio por delito leve, registrándose como juicio sobre delitos leves número 2.078 de 2018.

Se acuerda el sobreseimiento provisional y el archivo de las actuaciones, que será definitivo una vez transcurrido el plazo de un año desde la fecha de la firmeza de esta resolución.

Notifíquese esta resolución a las partes personadas, y al ministerio fiscal.

Contra esta resolución cabe interponer recurso de reforma y subsidiario de apelación dentro de los tres días siguientes a su notificación, o bien recurso de apelación directo dentro de los cinco días siguientes a la última notificación.

Lo acuerda y firma su señoría. Doy fe.—El magistrado-juez.—El/la letrado/a de la Administración de Justicia.

Y para que sirva de notificación a doña Janette Mena Claros expido y firmo la presente.

En Madrid, a 12 de febrero de 2019.—El/la letrado/a de la Administración de Justicia (firmado).

(03/7.300/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.90.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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