Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 63

Fecha del Boletín 
15-03-2019

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20190315-112

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE MAJADAHONDA NÚMERO 1

112
Majadahonda número 1. Procedimiento 85 de 2016, notificación a RC Sangar, S. L.

EDICTO

Doña Concepción Alvariño Vega, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de primera instancia e instrucción número 1 de Majadahonda.

Da fe: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento de juicio verbal (250.2), número 85 de 2016, instados por la procuradora doña María Luisa Ramón Padilla, en nombre y representación de la comunidad de propietarios de la calle Tamarindo, número 24, contra “RC Sangar, Sociedad Limitada”, en reclamación de 5.283,94 euros, en los que se ha dictado, en fecha 11 de enero de 2019, sentencia, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Sentencia número 4

El magistrado-juez, don Fernando Pérez Gil de la Serna.—En Majadahonda, a 11 de enero de 2019.

Vistos por don Fernando Pérez Gil de la Serna, magistrado-juez del Juzgado de primera instancia e instrucción número 1 de los de Majadahonda y su partido, en los presentes autos de juicio verbal número 85 de 2016, instados por la comunidad de propietarios de la calle Tamarindo, número 24, de Móstoles, representada por la procuradora doña María Luisa Ramón Padilla, y asistida de la letrada doña María Jesús Bravo Pino, contra “RC Sangar, Sociedad Limitada”, en rebeldía.

Fallo

1. Estimo íntegramente la demanda presentada por la comunidad de propietarios de la calle Tamarindo, número 24, de Móstoles, frente a “RC Sangar, Sociedad Limitada”, y condeno a la demandada a abonar a la actora la cantidad de 5.283,94 euros, con el interés legal de la referida cantidad desde la fecha de la demanda hasta la de esta sentencia, devengando desde esta el interés legal incrementado en dos puntos.

2. Condeno en las costas causadas a la parte demandada.

Notifíquese la presente resolución a las partes en forma legal, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de apelación ante la Audiencia Provincial, por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de veinte días hábiles contados desde el día siguiente a la notificación. Para la presentación de dicho recurso es necesaria la constitución de depósito, en la cuenta de depósitos y consignaciones del Juzgado, de acuerdo con lo establecido en la disposición adicional decimoquinta de la Ley Orgánica del Poder Judicial y por el importe previsto en tal norma, lo que deberá ser acreditado a la presentación del recurso.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.—El magistrado-juez.

En atención al desconocimiento del actual domicilio de la demandada “RC Sangar, Sociedad Limitada”, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Secretaría de este Tribunal.

En Majadahonda, a 11 de enero de 2019.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(03/7.304/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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