Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 63

Fecha del Boletín 
15-03-2019

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20190315-135

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 14

135
Madrid número 14. Procedimiento 654 de 2018, notificación a Colenda Ibérica, S. L.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. MARIA ANGELES CHARRIEL ARDEBOL LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 14 de Madrid, HAGO SABER:

Que en el procedimiento 654/2018 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de ONDOAN SOCIEDAD COOPERATIVA frente a CONSTRUCCIONES AMENABAR SA, D./Dña. TOMA CAZACU, CONSEJERIA DE ECONOMIA EMPLEO Y HACIENDA, COLENDA IBERICA SL y FOGASA sobre Impugnación de actos administrativos en materia laboral y Seg. Social, excluidos los prestacionales se ha dictado la siguiente resolución:

Sentencia nº 59/2019

PROCEDIMIENTO IMPUGNACION RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA 654/2018

SENTENCIA

En Madrid, a 19 de febrero de 2019.

FALLO

Que debo estimar íntegramente la demanda interpuesta por ONDOAN SOCIEDAD COOPERATIVA y CONSTRUCCIONES AMENABAR, SA contra la VICECONSEJERÍA DE HACIENDA Y EMPLEO DE LA COMUNIDAD DE MADRID, D. TOMA CAZACU, COLENDA IBERICA, SL, declarando no conforme a derecho la resolución impugnada, anulándola totalmente y dejándola sin efecto.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciendo saber que contra ella cabe interponer recurso de suplicación, que deberá ser anunciado por comparecencia o mediante escrito en este juzgado dentro de los cinco días siguientes a la notificación de la sentencia, o por simple manifestación en el momento de la notificación. Adviértase igualmente al recurrente que no fuera trabajador o beneficiario de justicia gratuita, que deberá depositar la cantidad de 300 euros en la cuenta abierta en BANCO SANTANDER a nombre de este Juzgado nº 14 acreditando mediante la representación del justificante de ingreso en el periodo comprendido hasta la formalización del recurso así como, en el caso de haber sido condenado a alguna cantidad, consignar en la cuenta de Depósitos y Consignaciones de este Juzgado abierta en el Banco Santander con nº 2512 0000 65 0654 18 la cantidad objeto de condena o formalizar aval bancario por dicha cantidad en el que se haga constar la responsabilidad solidaria del avalista, incorporándose a este Juzgado con el anuncio de recurso. En todo caso, el recurrente deberá designar letrado para la tramitación del recurso, al momento de anunciarlo.

Así por esta mi sentencia, que se unirá por su orden al libro de sentencias de este Juzgado, llevándose certificación de la misma a los presentes autos, la pronuncio, mando y firmo.

PUBLICACION.- Leída y publicada fue la anterior sentencia por el Señor Magistrado–Juez D. Arturo Rodríguez Lobato que la suscribe, estando celebrado audiencia publica en el mismo día de su fecha. Doy fe.

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a COLENDA IBERICA SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletin Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a veinte de febrero de dos mil diecinueve.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/6.995/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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