Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 65

Fecha del Boletín 
18-03-2019

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20190318-160

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE VALENCIA NÚMERO 15

160
Valencia número 15. Procedimiento 744 de 2018, notificación a Weston Hill

EDICTO

SAGRARIO PLAZA GOLVANO, SECRETARIO DEL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚM 15 DE LOS DE Valencia.

HAGO SABER: Que en este Juzgado, se siguen autos núm. 000744/2018/MJ a instancias de SHEREZADE LABRADOR FERNANDEZ contra I ANDALUCIA DENTAL PROYECTO ODONTOLOGICO SL, I LEVANTE DENTAL PROYECTO ODONTOLOGICO SLU, DENTAL GLOBAL MANAGAMENT Sl (GRUPO IDENTAL), VLC UNION DENTAL, VALENCIA IFACTORY LAB SLU, I MADRID DENTAL PROYECTO ODONTOLOGICO SL, VALENCIA SUR IFACTORY LAB SLU, VLC SUR UNION DENTAL, IFACTORY LABORATORIO SL, SEVILLA SUR UNION DENTAL SL, IFACTORY GLOBAL LAB SLU, I MESETA SUR UNION DENTAL SLU, FOGASA, JESUS BORJABAD GARCIA (Administrador Concursal de Dental Global Management), MAXDUELL GRAN SL, INSTITUTS ODONTOLOGICS ASSOCIATS SL, DELOITTE ESPAÑA, ADM JUDICIAL DE INSTITUTS ODONTOLOGICS ASSOCIATS SL, WESTON HILL ASSET MANAGAMENENT SL, WESTON HILL INVESTMENT SL y INVESTMENT FUND SPAIN 3 2015 SL en la que el día 12-2-19 se ha dictado resolución cuya parte dispositiva dice:

“ACUERDO:

- Tener por desistido/a a SHEREZADE LABRADOR FERNANDEZ de su demanda de Despidos / Ceses en general [DSP] frente a WESTON HILL Y JORGE MUÑOZ ROIG (Administrador Concursal).

Notifíquese la presente resolución a las partes en legal forma.

MODO DE IMPUGNACIÓN: Contra la presente resolución cabe recurso directo de revisión que deberá interponerse ante quien dicta la resolución en el plazo de TRES DÍAS hábiles siguientes a la notificación de la misma con expresión de la infracción cometida en la misma a juicio del recurrente, art. 186 y ss. de la LRJS.

INFORMACION SOBRE EL DEPÓSITO PARA RECURRIR

De conformidad con la D.A. 15ª de la LOPJ, para que sea admitido a trámite el recurso de revisión contra esta resolución deberá constituir un depósito de 25 euros, que le será devuelto sólo en el caso de que el recurso sea estimado.

El depósito deberá constituirlo ingresando la citada cantidad en el banco BANESTO, en la cuenta correspondiente a este expediente 4481/PPPP/CC/EEEE/AA indicando, en el campo “concepto” el código “31 SOCIAL-Revisión resoluciones Secretario Judicial!” y la fecha de la resolución recurrida con el formato DD/MM/AAAA.

En el caso de realizar el ingreso mediante transferencia bancaria, tras completar el Código de Cuenta Corriente (CCC, 20 dígitos), se indicará en el campo “concepto” el número de cuenta el código y la fecha que en la forma expuesta en el párrafo anterior.

En ningún caso se admitirá una consignación por importe diferente al indicado. En el caso de que deba realizar otros pagos en la misma cuenta, deberá verificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase.

Están exceptuados de la obligación de constituir el depósito quienes tengan reconocido el derecho a litigar gratuitamente, los trabajadores y los beneficiarios del régimen público de la Seguridad Social, el Ministerio Fiscal, Estado, Comunidades Autónomas, entidades locales y organismos autónomos dependientes de los tres anteriores.

EL/LA SECRETARIO JUDICIAL”

Y para que conste y sirva de notificación a WESTON HILL que se encuentra en ignorado paradero, así como para su inserción en el Tablón de anuncios y publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, expido el presente en Valencia, a quince de febrero de dos mil diecinueve.

EL SECRETARIO

(03/7.141/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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