Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 65

Fecha del Boletín 
18-03-2019

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20190318-79

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 75

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Madrid número 75. Procedimiento 889 de 2017, notificación a Luis Adalberto Salinas Quintana

EDICTO

Doña María Jesús Carasusan Albizu, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de primera instancia número 75 de Madrid.

Da fe: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento Familia. Guarda, custodia o alimentos de hijos menores no matrimoniales no consesuados número 889 de 2017, instados por la procuradora de los tribunales doña María Luisa Martín Burgos, en nombre y representación de doña Nancy Carolina Mendoza González, contra don Luis Adalverto Salinas Quintana, en los que se ha dictado sentencia en fecha 19 de febrero de 2019.

Notifíquese la presente resolución al ministerio fiscal y a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de apelación en los veinte días siguientes a la notificación de la presente resolución ante este Juzgado, para ante la Audiencia Provincial de Madrid, debiendo acreditar el recurrente la constitución del depósito de 50 euros necesario para recurrir en apelación en el número de cuenta 2101-0000-02-0889-17, que este Juzgado tiene abierta en “Banco Santander”, mediante la presentación de copia del resguardo u orden de ingreso. Si el ingreso se efectuare por transferencia, deberá, además, hacer consta el siguiente IBAN: ES55-0049-3569-9200-0500-1274, haciendo constar en el campo “Conceptos y observaciones” los siguientes dígitos: 2102-0000-02-0889-17.

En Madrid, a 19 de febrero de 2019.—El letrado de la Administración de Justicia (firmado).

(03/8.019/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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