Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 67

Fecha del Boletín 
20-03-2019

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20190320-80

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 99

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Madrid número 99. Procedimiento 495 de 2018, notificación a María del Mar Ortuño Martín y otros

EDICTO

Don Luis Jorge Rodríguez Díez, letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de primera instancia número 99 de Madrid.

Da fe: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento liquidación de regímenes económicos matrimoniales número 495 de 2018, instados por la procuradora doña María Soledad Castañeda González, en nombre y representación de doña María Victoria Ortuño Martín, contra doña María del Carmen Ortuño Martín, don Vicente Juan Ortuño Martín y doña María del Mar Ortuño Martín, en los que se ha dictado en fecha 22 de febrero de 2019 decreto aprobando operaciones divisorias de la sociedad de gananciales de Vicente Ortuño Sáez y María Victoria Martín Gómez y de la división de herencia, que está a disposición de las demandadas en la secretaría del Juzgado, contra el que cabe recurso de revisión en plazo de cinco días.

Este edicto se dicta en cumplimiento de la instrucción número 6 de 2012 de la Secretaría General de la Administración de Justicia.

En atención al desconocimiento del actual domicilio de las demandadas: doña María del Carmen Ortuño Martín y doña María del Mar Ortuño Martín, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición de las interesadas en la secretaría de este Tribunal.

En Madrid, a 27 de febrero de 2019.—El letrado de la Administración de Justicia (firmado).

(02/8.633/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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