Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 71

Fecha del Boletín 
25-03-2019

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20190325-121

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 24

121
Madrid número 24. Ejecución 39 de 2019, notificación a Gestión Proyectos Soyval, S. L.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Dña. MARTA MENARGUEZ SALOMON LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 24 de Madrid, HAGO SABER:

Que en el procedimiento 39/2019 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. MIGUEL ANGEL JIMENEZ CALETRIO, D./Dña. GEREMIAS EXPOSITO MARTINEZ, D./Dña. JOSE ALBERTO JARA GONZALEZ y D./Dña. JORGE MENDEZ MUÑOZ frente a GESTIÓN Y PROYECTOIS SOYVAL SL sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado la siguiente resolución:

“PARTE DISPOSITIVA

Acuerdo despachar orden general de ejecución del título indicado a favor de ejecutante Don JORGE MENDEZ MUÑOZ, Don GEREMIAS EXPOSITO MARTINEZ, Don MIGUEL ANGEL JIMENEZ CALETRIO y Don JOSE ALBERTO JARA GONZALEZ frente a GESTIÓN Y PROYECTOIS SOYVAL SL.

Notifíquese esta resolución a las partes”.

Y

“En Madrid, a once de marzo de dos mil diecinueve.

El anterior escrito únase a los autos de su razón y dese traslado de copia a las otras partes afectadas. Se tiene por solicitada la ejecución de la obligación de readmitir impuesta, en sentencia de fecha 09/10/2018, a la empresa GESTIÓN Y PROYECTOIS SOYVAL SL en favor del/de los demandante/s Don JORGE MENDEZ MUÑOZ, Don GEREMIAS EXPOSITO MARTINEZ, Don MIGUEL ANGEL JIMENEZ CALETRIO y Don JOSE ALBERTO JARA GONZALEZ y, previo a su resolución, se acuerda oír a las partes en comparecencia, que se celebrará en este Juzgado de lo Social, sito en C/ Princesa, 3, Planta 8 - 28008, el día 29/04/2019, a las 10:00 horas en la Sala 8.2, que solo versará sobre la falta de readmisión en debida forma que se ha alegado, a la que deberán acudir con todos los medios de prueba de que intenten valerse en orden a esa cuestión.

Cíteselas en legal forma a tal fin, quedando advertidas de que si no acudiese la parte demandante (por sí o debidamente representada), se la tendrá por desistida de su petición, en tanto que si el ausente fuese el empresario (por sí o legalmente representado), el acto se celebrará sin su presencia.

Sirviendo la notificación de esta resolución en legal forma”.

Y

“PARTE DISPOSITIVA

Acuerdo admitir la prueba solicitada y a tal efecto:

Respecto a la PRUEBA DE INTERROGATORIO DE LA PARTE DEMANDADA interesada en el escrito de ejecución, requiérase al representante legal de la misma para que comparezca el día de la vista oral. A tal fin, se hace saber que el interrogatorio habrá de responderse por su representante en juicio siempre y cuando hubiera intervenido en los hechos controvertidos. En caso contrario, tal circunstancia habrá de alegarse con suficiente antelación al acto del juicio, identificando a la persona que intervino en nombre de la entidad, para su citación a juicio. Si tal persona no formarse parte ya de la entidad, podrá solicitarse que se le cite en calidad de testigo. Apercibiéndose que, en caso de no cumplir lo anteriormente señalado o no identificar a la persona interviniente en los hechos, ello podrá considerarse como respuesta evasiva y tenerse por ciertos los hechos a que se refieran las preguntas, y todo ello bajo el apercibimiento de que caso de no comparecer podrán considerarse reconocidos como ciertos, en la sentencia los hechos a que se refieran las preguntas, siempre que el interrogado hubiese intervenido en ellos personalmente y su fijación como ciertos le resultare perjudicial en todo o en parte

Notifíquese esta resolución a las partes”.

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a GESTIÓN Y PROYECTOIS SOYVAL SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a once de marzo de dos mil diecinueve.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/9.606/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20190325-121