Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 73

Fecha del Boletín 
27-03-2019

Sección 4.50.1.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20190327-58

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID

58
Madrid. Sala de lo Contencioso-Administrativo. Sección Quinta. Procedimiento 183 de 2018, notificación a Carlos Hernando Gómez Peñaloza

SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO

Sección Quinta

EDICTO

Doña María Asunción Escribano Estébanez, letrada de la Administración de Justicia de la Sección Quinta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid.

Doy fe: Que en el procedimiento ordinario número 183 de 2018 se ha dictado resolución del tenor literal siguiente:

Auto número 115

Ilustrísimo señor presidente: don José Alberto Gallego Laguna, ilustrísimas señoras magistradas: doña María Rosario Ornosa Fernández, doña María Antonia de la Peña Elías, doña Carmen Álvarez Theurer y doña María Prendes Valle.—En Madrid, a 19 de febrero de 2019.

Antecedentes de hecho:

Único.—En el presente recurso contencioso-administrativo, interpuesto por don Carlos Hernando Gómez Peñaloza, contra resolución del Tribunal Económico Administrativo Regional de Madrid MEH, se acordó requerir a la parte recurrente para que, en el plazo de diez días, designara abogado y procurador que asumieran su representación y defensa, habiendo transcurrido dicho plazo sin haber dado cumplimiento al requerimiento efectuado.

Fundamentos de derecho:

Único.—No habiéndose interpuesto el presente recurso en debida forma, y habiendo transcurrido el plazo conferido para subsanar el defecto, procede, al amparo del citado artículo 45.3, ordenar el archivo de las presentes actuaciones.

Vistos los artículos citados y demás de general y pertinente aplicación, siendo ponente la ilustrísima señor doña María Antonia de la Peña Elías.

La Sala acuerda: archivar el presente recurso interpuesto por don Carlos Hernando Gómez Peñaloza. Firme la presente, sin más trámite, procédase al archivo de las actuaciones. Unir testimonio de la presente resolución al recurso y el orginal al libro de autos.

Contra la presente resolución cabe recurso de reposición en el plazo de cinco días desde la notificación, previa constitución del depósito previsto en la disposición adicional decimoquinta de la Ley Orgánica del Poder Judicial, bajo apercibimiento de no admitir a trámite dicho recurso.

Dicho depósito habrá de realizarse mediante el ingreso de su importe en la cuenta de depósitos y consignaciones de esta Sección, cuenta-expediente número 2610-0000-93-0183-18 (“Banco Santander”, sucursal calle Barquillo, número 49), especificando en el campo “concepto” del documento resguardo de ingreso que se trata de un “recurso” 20 contencioso-reposición/súplica (25 euros). Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria, se realizará a la cuenta general número 0049 3569 9200 0500 1274 (IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274) y se consignará el número de cuenta-expediente 2610-0000-93-0183-18 en el campo “observaciones” o “concepto de la transferencia” y a continuación, separados por espacios, los demás datos de interés.

Lo acuerdan, mandan y firman los ilustrísimos/as señores/as anotados en el encabezamiento de la presente resolución.—Doy fe.

Lo que se anuncia para que sirva de notificación a don Carlos Hernando Gómez Peñaloza, expido el presente edicto que firmo.

En Madrid, a 19 de febrero de 2019.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(03/9.318/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.50.1.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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