Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 73

Fecha del Boletín 
27-03-2019

Sección 4.50.1.4: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20190327-60

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID

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Madrid. Sala de lo Social. Sección Cuarta. Procedimiento 503 de 2018, notificación a Logística del Sur Siete, S. L.

SALA DE LO SOCIAL

Sección Cuarta

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. ANA MARIA LOPEZ-MEDEL BASCONES LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Tribunal Superior de Justicia de Madrid - Sección nº 04 de lo Social, HAGO SABER:

Que en el procedimiento 503/2018 de esta Sección de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. DAVID VARGAS MOLINA frente a LOGISTICA DEL SUR SIETE SL y FOGASA sobre Recurso de Suplicación se ha dictado la siguiente resolución:

“LA SALA ACUERDA

Se declara desierto el recurso de casación para la unificación de doctrina que se proponía interponer el letrado D. MIGUEL ANGEL GUSTOS GÓMEZ en nombre y representación de D./Dña. DAVID VARGAS MOLINA contra la sentencia de esta sección de sala de fecha 27/09/2018 con la consiguiente firmeza de la misma.

Firme que sea el presente auto, devuélvanse las actuaciones al Juzgado Social de origen, adjuntándole testimonio de la sentencia dictada por esta Sala.

Notifíquese esta resolución.

Contra esta resolución cabe recurso de Queja ante la Sala de lo Social del Tribunal Supremo.

Así lo mandaron los/as Ilmos/as Sres/as. Magistrados referenciados”.

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a LOGÍSTICA DEL SUR SIETE SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de esta Sección, salvo las que revistan la forma de auto o sentencia, o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a 28 de Febrero de 2019.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/8.907/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.50.1.4: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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