Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 73

Fecha del Boletín 
27-03-2019

Sección 4.60.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20190327-63

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID

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Madrid. Sección Duodécima. Procedimiento 652 de 2018, notificación a Academia New Style Madrid, S. L.

Sección Duodécima

EDICTO

Doña Laura Carrillo Abos, letrada de la Administración de Justicia, en sustitución, de la Sección Duodécima de la Audiencia Provincial de Madrid.

Hace saber: Que en el recurso de apelación número 652 de 2018 seguido ante esta Sección ha recaído resolución en fecha 4 de marzo de 2019, cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente:

«Sentencia número 89

Ilustrísimos señores magistrados: doña Ana María Olalla Camarero, don José María Torres Fernández de Sevilla y don Fernando Herrero de Egaña y Octavio de Toledo.—En Madrid, a 4 de marzo de 2019.

La Sección Duodécima de la ilustrísima Audiencia Provincial de esta Capital, constituida por los señores que al margen se expresan, ha visto en trámite de apelación los presentes autos civiles procedimiento ordinario número 291 de 2017, seguidos en el Juzgado de primera instancia número 5 de Alcobendas, a a los que ha correspondido el rollo número 652 de 2018, en los que aparece como parte demandante-apelante don Esteban Sánchez Sierra, representado por la procuradora doña Yolanda Luna Sierra, y como demandada-apelada “Academia New Style Madrid, Sociedad Limitada”, que no se ha personado en esta alzada.

Fallamos

Que estimando el recurso de apelación interpuesto por la representación procesal de don Esteban Sánchez Sierra, contra la sentencia dictada por el Juzgado de primera instancia número 5 de Alcobendas, en el procedimiento ordinario número 291 de 2017, se debe:

1. Revocar la citada resolución en parte condenando a la demandada a que abone a la actora la suma de 14.000 euros, por siete meses de renta.

2. Condenar a la demandada al pago de 227,28 euros por tasa de basura del año 2016, más 1.450,97 euros correspondiente al impuesto de bienes inmuebles del Ayuntamiento de San Sebastián de los Reyes del mismo año 2016.

3. Sumas que devengarán los intereses legales desde el dictado de esta sentencia.

4. Sin hacer pronunciamiento expreso sobre las costas procesales originadas en esta alzada.

La estimación del recurso determina devolución del depósito constituido, de conformidad con lo establecido en la disposición adicional decimoquinta de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, el Poder Judicial, introducida por la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, complementaria de la Ley de Reforma de la Legislación Procesal para la implantación de la nueva oficina judicial.

Contra esta sentencia cabe interponer, en las condiciones expuestas en el último fundamento de derecho de la presente resolución, recurso de casación y, en su caso, de infracción procesal, conforme a lo dispuesto en el artículo 477.2.3.o de la Ley de Enjuiciamiento Civil, el cual habrá de ser interpuesto por escrito, a presentar en el plazo de veinte días ante este mismo Tribunal, que habrá de cumplir las exigencias previstas en el artículo 481 de dicho texto legal, previa constitución, en su caso, del depósito para recurrir previsto en la disposición adicional decimoquinta de la Ley Orgánica del Poder Judicial, debiendo ser consignado el mismo en la cuenta de depósitos y consignaciones de esta Sección, abierta en el “Banco Santander”, con el número de cuenta 2579-0000-00-0652-18, bajo apercibimiento de no admitir a trámite el recurso formulado.

Una vez firme la presente resolución, devuélvanse los autos originales al Juzgado de procedencia, con testimonio de la misma, para su conocimiento y efectos.

Así, por esta nuestra sentencia, lo pronunciamos, mandamos y firmamos».

Y para que sirva de notificación en forma al apelado rebelde “Academia New Style Madrid, Sociedad Limitada”, cuyo domicilio se ignora, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de oficio, y en el tablón de anuncios de este Tribunal, expido y firmo el presente.

En Madrid, a 8 de marzo de 2019.—La letrada de la Administración de Justicia de la Sección, Laura Carrillo Abos.

(03/10.055/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.60.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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