Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 75

Fecha del Boletín 
29-03-2019

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20190329-86

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 10

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Madrid número 10. Procedimiento 1.218 de 2016, notificación a Olga Elizabeth Ortiz Benítez

EDICTO

Don José Carlos Gomila de Sande, letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de primera instancia número 10 de Madrid.

Da fe: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento ordinario número 1.218 de 2016, instados por el procurador don Álvaro García San Miguel Hoover, en nombre y representación de don Jaime Manuel Carvalho Morais, contra doña Olga Elizabeth Benítez, en reclamación de 40.750,66 euros, en los que se ha dictado, en fecha 21 de febrero de 2019, sentencia número 49 de 2019, cuyo fallo es el siguiente:

Fallo

Estimando la demanda formulada por el procurador don Álvaro García San Miguel Hoover, en nombre y representación de don Jaime Manuel Carvalho Morais, contra doña Olga Elizabeth Ortiz Benítez, condeno a la demandada a que abone al demandante la cantidad de 40.750,66 euros con los intereses legales y con condena a la parte demandada en las costas del procedimiento.

Notifíquese la presente resolución a las partes poniendo en su conocimiento que contra la misma cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial que se interpondrá ante este Juzgado en el plazo de veinte días, contados desde el siguiente a la notificación de esta resoulción, exponiendo las alegaciones en que base la impugnación y citando la resolución apela y los pronunciamientos que impugna, previo depósito de 50 euros, que deberá consignar en la cuenta de depósitos y consignaciones de este Juzgado número 2438 de Banco Santander, de conformidad con lo establecido en la LO 1/2009, de 3 noviembre, por la que se modifica la LOPJ, y que deberá acreditar la parte recurrente mediante la presentación del resguardo, haciendo saber que no se admitirá ningún recurso cuyo depósito no esté constituido.

Así, por esta mi sentencia, lo pronuncio, mano y firmo.—Doy fe.

En atención al desconocimiento del actual domicilio de la demandada doña Olga Elizabeth Ortiz Benítez y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la LEC, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Secretaría de este Tribunal.

En Madrid, a 14 de marzo de 2019.—El letrado de la Administración de Justicia (firmado).

(03/10.423/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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