Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 75

Fecha del Boletín 
29-03-2019

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20190329-97

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE POZUELO DE ALARCÓN NÚMERO 1

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Pozuelo de Alarcón número 1. Procedimiento 248 de 2018, notificación a Luisa Silva Silva

EDICTO

Doña Rosa María Castedo Bartolomé, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de primera instancia e instrucción número 1 de Pozuelo de Alarcón.

Doy fe y testimonio: Que en el juicio sobre delitos leves número 248 de 2018 se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y fallo dice:

Sentencia número 44 de 2018

Pozuelo de Alarcón, a 17 de abril de 2018.—Doña Mónica Gómez Ferrer, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia e instrucción número 1 de Pozuelo de Alarcón, en los presentes autos de juicio de delito leve número 248 de 2018, ha pronunciado, en nombre del Rey, la siguiente

Sentencia

Una vez celebrado en juicio oral y público el juicio de delito leve número 249 de 2018, tramitado en este Juzgado por la presunta comisión de un delito leve de hurto, en la que intervinieron don Sergio Aceituno Font, doña Luisa Silva Silva, y doña Sara Jiménez Silva, habiendo sido parte el ministerio fiscal.

Fallo

En atención a lo expuesto, este órgano judicial, por la autoridad que le confiere la Constitución, ha decidido:

Que debo condenar y condeno a doña Luisa Silva Silva y doña Sara Jiménez Silva, como autoras de un delito leve de hurto, a la pena de multa de un mes y veintinueve días, con una cuota diaria de 6 euros/día y todo ello con la responsabilidad personal subsidiaria del artículo 53 del Código Penal, en caso de impago y todo ello con expresa imposición de las costas procesales cursadas.

Procédase a la destrucción de los efectos intervenidos.

Notifíquese la presente resolución a las partes, previniéndoles de que contra la misma podrán interponer, en este Juzgado para la ante ilustrísima Audiencia Provincial, recurso e apelación mediante escrito de formalización de tal recurso, lo que deberá de cumplimentarse en el plazo de cinco días contados desde el día siguiente a la fecha de dicha notificación.

Así, por esta mi sentencia de la que se unirá certificado a las actuaciones originales para su notificación y cumplimiento, definitivamente juzgando, la pronuncio, mando y firmo.

Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a doña Luisa Silva Silva, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido la presente.

En Pozuelo de Alarcón, a 19 de febrero de 2019.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(03/9.023/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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