Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 77

Fecha del Boletín 
01-04-2019

Sección 3.10.20G: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20190401-57

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE GETAFE

RÉGIMEN ECONÓMICO

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Getafe. Régimen económico. Padrones impuestos

Se notifica a los interesados que por resolución de la Jefatura del Órgano de Gestión Tributaria de fecha 8 de marzo de 2019 se ha dictado el siguiente acuerdo:

“Aprobar el padrón del impuesto sobre vehículos de tracción mecánica, del ejercicio 2019, por un importe de 8.081.838,23 euros que consta de 86.136 recibos contenidos en la remesa 2019IVTM, siendo su período de cobro voluntario del 1 de abril al 31 de mayo de 2019”.

Dicho padrón se expondrá al público en la calle Ricardo de la Vega, número 5, de lunes a jueves, de 9:00 a 14:00 horas y de 16:30 a 19:00 horas, y los viernes, de 9:00 a 14:00 horas, desde el día siguiente a la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID hasta el 30 de abril de 2019, sin que dicho plazo pueda ser inferior a quince días.

Plazo de ingreso voluntario: del 1 de abril al 31 de mayo de 2019, ambos inclusive.

Lugar y medios de pago:

— A través de las entidades colaboradoras: mediante efectivo o cargo en cuenta en cualquier oficina, cajero o banca electrónica.

— Por internet a través de la sede electrónica del Ayuntamiento en la dirección https://sede.getafe.es (necesitará certificado digital o firma electrónica), mediante tarjeta VISA o Mastercard.

Relación de entidades colaboradoras autorizadas: “Banco Popular”, “Banco Sabadell”, “Banco Santander”, BBVA, “Bankia”, “Caixabank”, “Ibercaja Banco”.

Contribuyentes que tengan domiciliados los recibos: la fecha de cargo en su cuenta corriente se producirá el día 31 de mayo.

Contribuyentes que no tengan domiciliado el pago: recibirán en su domicilio fiscal los recibos para proceder a su pago en los plazos y lugares indicados.

Les recordamos la importancia de declarar los datos y domicilio fiscal correcto en el modelo existente, para que puedan recibir estas comunicaciones.

En caso de extravío o de no recibir en su domicilio alguno de los recibos que debiera pagar, podrán solicitar la expedición de un duplicado en la oficina de calle Ricardo de la Vega o a través de la Sede Electrónica.

Transcurrido el plazo de ingreso en período voluntario para satisfacer la deuda, si esta no ha sido satisfecha, podrá pagarse con el recargo del 5 por 100 durante el período indicado en la casilla “Período de pago-en ejecutiva”, con el mismo documento.

Transcurrido el plazo anterior, si la deuda no ha sido ingresada, se exigirá por vía ejecutiva, sufriendo el incremento de los correspondientes recargos del período ejecutivo, intereses de demora, y en su caso, las costas que correspondan.

Contra las liquidaciones podrá interponerse recurso de reposición previo al contencioso-administrativo ante la Jefatura del Órgano de Gestión Tributaria, en el plazo de un mes a contarse desde el día siguiente al final del período de exposición pública del padrón de contribuyentes, sin perjuicio de poner presentar cualquier otro que estime procedente.

El presente anuncio es sustitutivo de las notificaciones individuales de las deudas.

Para cualquier aclaración o duda pueden ponerse en contacto con la Oficina de Atención Tributaria, sita en la calle Ricardo de la Vega, número 5, de Getafe, o bien en el teléfono 911 883 668.

Getafe, a 8 de marzo de 2019.—El jefe del Órgano de Gestión Tributaria, José Ignacio Pulido Pulido.

(02/9.150/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20G: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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