Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 79

Fecha del Boletín 
03-04-2019

Sección 3.10.20P: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20190403-31

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE PEZUELA DE LAS TORRES

RÉGIMEN ECONÓMICO

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Pezuela de las Torres. Régimen económico. Calendario fiscal

Don Jose María Corral Fernández, alcalde-presidente del excelentísimo Ayuntamiento de Pezuela de las Torres, de conformidad con lo prevenido en los artículos 21.1.f) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases de Régimen Local; 41.18 del ROF, 62.3 y 102.3 de la Ley 58/2003, General Tributaria, a los efectos de plazo de pago y notificación colectiva de los tributos de cobro periódico por recibo de ejercicio 2019, resuelvo:

Que la recaudación se lleve a cabo en la Oficina Recaudatoria del Ayuntamiento, sita en la plaza de la Constitución, número 1, 28812 Pezuela de las Torres (Madrid), así como en las entidades bancarias autorizadas, en las fechas siguientes:

— Del 8 de abril al 11 de junio de 2019:

• Impuesto de vehículos de tracción mecánica,

• Tasa por entrada de vehículos a través de acera (vados)

• Primer semestre de basura.

— Del 15 de julio al 30 de septiembre de 2019:

• Segundo semestre de basura.

• Impuesto sobre bienes inmuebles de naturaleza urbana.

• Impuesto sobre bienes inmuebles de naturaleza rustica.

• Impuesto sobre actividades económicas.

Los padrones correspondientes estarán expuestos en el Ayuntamiento durante los quince días anteriores al inicio de cada uno de los períodos voluntarios indicados, durante los cuales podrán ser examinados a fin de que, en su caso, puedan formularse las reclamaciones que se estimen procedentes por los interesados.

Finalizado el período voluntario, las deudas pendientes serán exigidas por el procedimiento de apremio, devengándose los recargos del periodo ejecutivo, los intereses de demora y, en su caso, las costas que se produzcan en su tramitación.

En Pezuela de las Torres, a 19 de febrero de 2019.—El alcalde, Jose María Corral Fernández.

(02/8.054/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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