Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 79

Fecha del Boletín 
03-04-2019

Sección 4.90.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20190403-63

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE ALCALÁ DE HENARES NÚMERO 3

63
Alcalá de Henares número 3. Procedimiento 756 de 2018, notificación a Manuel Silva Saavedra

EDICTO

Doña Silvia Rodríguez Rodríguez, letrada de la Administracion de Justicia del Juzgado de instrucción número 3 de Alcalá de Henares.

Doy fe y testimonio: Que en el juicio sobre delitos leves número 756 de 2018 se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y fallo dice:

Sentencia número 240 de 2018

En Alcalá de Henares, a 9 de noviembre de 2018.

Vistos por doña Begoña López Anguita, magistrada-juez del Juzgado de instrucción número 3 de Alcalá de Henares, los presentes autos de juicio por delito leve número 756 de 2018, seguidos por receptación, en el que han sido parte el ministerio fiscal, María Luisa Martínez Vara como denunciante, y Manuel Silva Saavedra como denunciado.

Fallo

Que debo absolver y absuelvo de toda responsabilidad penal por los hechos enjuiciados a Manuel Silva Saavedra.

Notifíquese a las partes en la forma prevista por el artículo 248.4 de la LOPJ, haciendo saber que esta sentencia no es firme y que contra la misma cabe interponer recurso de apelación ante la Audiencia Provincial en el plazo de cinco días siguientes al de su notificación, que deberá formalizarse ante este Juzgado.

Así, por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a don Manuel Silva Saavedra, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido la presente.

En Alcalá de Henares, a 5 de marzo de 2019.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(03/9.591/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.90.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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