Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 80

Fecha del Boletín 
04-04-2019

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20190404-173

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE ALICANTE NÚMERO 7

173
Alicante número 7. Ejecución 40 de 2019, notificación a Persian Turkish Dry Fruits, S. L.

EDICTO

D./ª. SILVIA MARÍA FUENTES GUZMÁN, LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA DEL JUZGADO DE LO SOCIAL NUMERO 7 DE ALICANTE, NOTIFICA:

En la EJECUCIÓN nº 000040/2019 autos nº 000113/2018 seguido en este Juzgado, a instancias de LEIDY JOHANA GUTIERREZ ZULUAGA frente a PERSIAN TURKISH DRY FRUITS SL se ha dictado resolución que, en lo necesario, dice así:

AUTO

En Alicante, a veintiuno de marzo de dos mil diecinueve.

PARTE DISPOSITIVA

ACUERDO:

Despachar orden general de ejecución del título indicado a favor del ejecutante D./ª. LEIDY JOHANA GUTIERREZ ZULUAGA frente a PERSIAN TURKISH DRY FRUITS SL, parte ejecutada.

Notifíquese la presente resolución en legal forma a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de reposición, en el plazo de tres dÍas, ante este Juzgado, con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respeto a la resolución recurrida, y con los requisitos establecidos en el artículo 239 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social, pudiendo deducir en dicho recurso la oposición a la ejecución despachada en los términos establecidos en el art. 239.4 LRJS, debiendo efectuar, quienes no tengan la condición de trabajador, beneficiario del régimen público de la Seguridad Social, funcionario o personal estatutario en su actuación ante este orden jurisdiccional como empleados públicos, la previa consignación de 25 € en la cuenta de depósitos y consignaciones en Banco Santander, S.A., número 0122-0000-64-0040 19, especificando en el campo concepto: “RECURSO - 30 - SOCIAL REPOSICIÓN”, no admitiéndose a trámite el recurso cuyo depósito no se encuentre constituido.

Así lo manda y firma D./Dª. MARIA ANGELES SAEZ ZAMBRANA, MAGISTRADO/A JUEZ DEL JUZGADO DE LO SOCIAL Nº 7 DE ALICANTE.

DILIGENCIA DE ORDENACIÓN

LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA D/Dª SILVIA MARÍA FUENTES GUZMÁN

En Alicante, a veintiuno de marzo de dos mil diecinueve.

Habiendo presentado el/los trabajador/es D./ª. LEIDY JOHANA GUTIERREZ ZULUAGA escrito exigiendo el cumplimiento por el empresario PERSIAN TURKISH DRY FRUITS SL de la obligación de readmisión, y habiéndose despachado auto de ejecución de SENTENCIA, de conformidad al art. 280 de la LRJS, acuerdo citar de comparecencia a las partes con las advertencias legales y haciéndoles saber que deben asistir con los medios de prueba de que intenten valerse, así como la vida laboral del trabajador, para el día 24 de abril de 2019 a las 9:35 horas.

Notifíquese la presente resolución en legal forma a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de reposición, en el plazo de tres días, ante este Juzgado, con los requisitos establecidos en el artículo 186 y concordantes de la LRJS, con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respeto a la resolución recurrida.

Lo acuerdo y firmo. Doy fe.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA.- Ante mí.- Sigue firma.

Y para que sirva de notificación en forma a la empresa demandada PERSIAN TURKISH DRY FRUITS SL, actualmente en ignorado paradero, y para su publicación en el Boletín Oficial de esta Provincia, expido y firmo el presente en Alicante, a veinticinco de marzo de dos mil diecinueve.

EL LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

(03/11.237/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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