Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 80

Fecha del Boletín 
04-04-2019

Sección 1.3.90.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20190404-20

Páginas: 1


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN E INVESTIGACIÓN

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ORDEN 1094/2019, de 2 de abril, de la Consejería de Educación e Investigación, por la que se resuelve la convocatoria de inscripción, en el “Listado de centros de becas de Bachillerato”, de centros docentes privados de Bachillerato de la Comunidad de Madrid que admitan alumnos beneficiarios de las becas reguladas por la Orden 373/2019, de 8 de febrero, por la que se aprueban las bases reguladoras de becas para el estudio de Bachillerato en la Comunidad de Madrid para el curso 2019-2020.

Mediante la Orden 373/2019, de 8 de febrero, de la Consejería de Educación e Investigación, se aprobaron las bases reguladoras para la concesión de becas para el estudio de Bachillerato en la Comunidad de Madrid y mediante la Orden 624/2019, de 25 de febrero, se aprobó la convocatoria de inscripción de los centros docentes privados de Bachillerato de la comunidad de Madrid que admiten alumnos beneficiarios de las becas para el curso 2019-2020.

Seguidos los trámites legales, la Dirección General de Becas y ayudas al estudio propone la inscripción en el “Listado de centros de becas de Bachillerato” de todas aquellas solicitudes que han reunido los requisitos exigidos en la convocatoria para el curso 2019-2020.

Vista la citada propuesta,

DISPONGO

Primero

Inscribir en el “Listado de centros de becas de Bachillerato” a los solicitantes que figuran en el Anexo I, “Centros inscritos”, de esta Orden.

Segundo

Declarar excluidos de la convocatoria, por las causas que en cada caso se determinan, a los solicitantes relacionados en la lista que constituye el Anexo II, “Centros excluidos”, de la propuesta de resolución.

Tercero

La presente Orden se publica en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, si bien el listado de centros inscritos y el de centros excluidos se harán públicos en la página web institucional de la Comunidad de Madrid www.comunidad.madrid

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer con carácter potestativo recurso de reposición ante el Consejero de Educación e Investigación, en el plazo de un mes desde el día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. También podrá interponerse, directamente, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses contado a partir del día siguiente a dicha publicación.

El Consejero de Educación e Investigación, RAFAEL VAN GRIEKEN SALVADOR

(03/12.673/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.90.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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