Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 80

Fecha del Boletín 
04-04-2019

Sección 3.10.20L: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20190404-46

Páginas: 16


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE LEGANÉS

RÉGIMEN ECONÓMICO

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Leganés. Régimen económico. Bases subvenciones conservación edificios

La Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Leganés, en sesión celebrada el día 19 de marzo de 2019, adoptó entre otros, el siguiente acuerdo:

“Primero.—Aprobar las bases reguladoras de la convocatoria pública de subvenciones destinadas a actuaciones relativas a la conservación, mejora de la accesibilidad y eficiencia energética en edificios con tipología residencial en el municipio de Leganés (año 2019) por importe máximo de 743.000,00 euros, con cargo a la aplicación presupuestaria 11/1500/780.00, número proyecto 18110010, del presupuesto del ejercicio 2019, quedando las mismas debidamente diligenciadas en el expediente.

Segundo.—Ordenar la publicación de las bases reguladoras de la convocatoria pública de subvenciones destinadas a actuaciones relativas a la conservación, mejora de la accesibilidad y eficiencia energética en edificios con tipología residencial en el municipio de Leganés (año 2019) y del modelo de solicitud, en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en la Base de Datos de Publicidad de Subvenciones del Ministerio de Hacienda, en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Leganés y en la página web municipal”.

La convocatoria va destinada a subvencionar la realización de actuaciones en materia de conservación, seguridad, accesibilidad y eficiencia energética, en edificaciones existentes con uso característico residencial vivienda colectiva y actuaciones en materia de accesibilidad en viviendas unifamiliares que se encuentren en las siguientes situaciones:

— Actuaciones no iniciadas en el plazo de presentación de las solicitudes de subvenciones y con solicitud de licencia o autorización administrativa cuando fuera necesaria, con fecha de concesión posterior al 2 de enero de 2018.

— Actuaciones en curso de ejecución o finalizadas en el plazo de presentación de las solicitudes de subvenciones y amparadas por la correspondiente licencia o autorización administrativa cuando fuera necesaria, con fecha de concesión posterior al 2 de enero de 2018.

Serán consideradas subvencionables en los edificios, las siguientes actuaciones:

a) La conservación y seguridad en los edificios.

b) La mejora de la accesibilidad de las viviendas.

c) La mejora de la eficiencia energética y sostenibilidad de las viviendas.

Los edificios a los que se destinan las subvenciones podrán ubicarse en todo el término municipal, y deberán cumplir los requisitos establecidos en las bases que rigen la convocatoria.

Para acceder a las ayudas destinadas a la conservación, seguridad y eficiencia energética la edificación deberá tener una antigüedad superior a treinta años (fecha construcción anterior a 1988). Se exceptúa del requisito de antigüedad las ayudas destinadas a favorecer la accesibilidad.

Serán subvencionables las actuaciones solicitadas desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria de subvenciones hasta el momento que se agote el crédito disponible.

Las bases reguladoras de la convocatoria pública de subvenciones destinadas a actuaciones relativas a la conservación, mejora de la accesibilidad y eficiencia energética en edificios con tipología residencial en el municipio de Leganés (año 2019) y los modelos de solicitud, estarán a disposición del público en, los Centros de Información y Registro Municipales, en la Delegación de Urbanismo e Industrias, en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Leganés y en la página web municipal (www.leganes.org), una vez que se apruebe su convocatoria.





























Leganés, a 28 de marzo de 2019.—La directora general de Coordinación Jurídica (decreto de Alcaldía de delegación de competencias 878/2018, de 22 de enero), Laura Oliva García.

(03/12.405/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20L: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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