Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 83

Fecha del Boletín 
08-04-2019

Sección 3.10.20P: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20190408-63

Páginas: 5


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE PEDREZUELA

PERSONAL

63
Pedrezuela. Personal. Relación puestos de trabajo

Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Pedrezuela de 2 de abril de 2019 por el que se aprueba inicialmente la Relación de Puestos de Trabajo de este Ayuntamiento y el Plan de Empleo.

El Ayuntamiento en Pleno, en sesión ordinaria celebrada el día 2 de abril de 2019, adoptó el siguiente acuerdo en relación al punto tres: inicialmente la Relación de Puestos de Trabajo de este Ayuntamiento y el Plan de Empleo, que entre otros extremos dice así:

Primero.—Aprobar inicialmente la Relación de Puestos de Trabajo de este Ayuntamiento, con el texto que figura en el expediente, y con el resultado contemplado en el Anexo I.





Segundo.—Aprobar el Plan de Empleo de conformidad con lo recogido en la mesa de negociación, por el que se determina la forma en la que se va a producir la modificación de las retribuciones y las funciones contempladas en la Relación de Puestos de Trabajo, en el siguiente sentido:

“I. Amortización de los puestos vacantes no encontrándose previstas amortizaciones de puestos de trabajo que supongan la extinción de relaciones laborales, entiende esta parte que será objeto de la voluntad política el determinar cuándo se producen dichas modificaciones de los puestos de trabajo que se establecen, de acuerdo a la normativa aplicable.

II. Congelación de la diferencia entre las retribuciones actuales y las de la RPT, mediante el establecimiento de un Complemento Personal Transitorio (CPT) distribuido en 14 mensualidades para aquellos empleados públicos que, en base a la valoración de la RPT del puesto que viene realizando o al que se le ha asignado, vienen percibiendo retribuciones superiores a las que establece la valoración de los puestos de la RPT. por las adecuaciones retributivas que, con carácter singular y excepcional, resulten imprescindibles por el contenido de los puestos de trabajo. Este Complemento Personal Transitorio será absorbido por cualquier futura mejora retributiva, incluidas las derivadas del cambio de puesto de trabajo, sin que se tengan en cuenta los trienios, el complemento de productividad ni las gratificaciones por servicios extraordinarios.

CPT, que en el caso de los empleados laborables, no vendrá desglosado en la nómina sin perjuicio de encontrarse recogido en su ficha personal al efecto de su absorción futura.

III. Establecimiento de un período de carencia progresivo en la asunción de las funciones y las retribuciones contempladas en la RPT, de tal modo que las nuevas y especificas funciones establecidas en la RPT en cuanto difieran de las actuales, y por las que la misma ha definido unas retribuciones superiores a las que se vienen percibiendo, así como las nuevas retribuciones, estarán pendiente de ser asumidas tanto por los trabajadores como por el Ayuntamiento, hasta un acuerdo de Pleno posterior fruto de una mejoría de la situación presupuestaria, de los incrementos retributivos, con la consiguiente asunción de las nuevas y distintas funciones y contenidos (de los que se han venido prestando), que con carácter singular y excepcional, recoge el contenido de los puestos de trabajo. En todo caso es fruto del acuerdo de la mesa de negociación proceder en períodos trimestrales desde la aprobación de la RPT, de aprobar consignaciones presupuestarias que permitan asumir como mínimo el 10 por 100 de dichas diferencias retributivas en cada período trimestral, sin perjuicio de la facultad del Pleno Municipal de acelerar dicha asunción en el tiempo”.

Tercero.—Exponer al público la mencionada relación, durante el plazo de quince días hábiles a contar desde el siguiente al de publicación del correspondiente anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, durante los cuales los interesados podrán examinarla y presentar reclamaciones ante el Pleno. La relación se considerará definitivamente aprobada si durante el citado plazo no se hubieren presentado reclamaciones; en caso contrario, el Pleno dispondrá del plazo de un mes para resolverlas.

Cuarto.—Una vez aprobada definitivamente, la Relación de Puestos de Trabajo se publicará íntegramente en el Boletín Oficial de la Provincia y se remitirá una copia de la misma a la Administración del Estado y al órgano competente de la Comunidad Autónoma.

Pedrezuela, a 4 de abril de 2019.—El secretario-interventor-tesorero, Ignacio Suárez Rodríguez.

(03/13.224/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20P: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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