Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 85

Fecha del Boletín 
10-04-2019

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20190410-102

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 5

102
Madrid número 5. Procedimiento 916 de 2018, notificación a Cavada y Nieto, S. L.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. MARÍA JOSÉ VILLAGRÁN MORIANA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 05 de Madrid, HAGO SABER:

Que en el procedimiento 916/2018 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. EMILIO LORENTE GARCÍA frente a SEGOPI CENTRO SL, FOGASA y CAVADA Y NIETO SL sobre Procedimiento Ordinario se ha dictado la siguiente resolución:

NÚMERO RESOLUCIÓN: 187/2019

DECRETO

En Madrid, a doce de marzo de dos mil diecinueve.

ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO: Con fecha 06/08/2018 se presentó la demanda de la que trae causa el presente decreto, tomándose las resoluciones precisas para su tramitación.

SEGUNDO: Con fecha 12/03/2019 se ha formalizado, en acta y en esta Sala, conciliación entre las partes en los términos que figuran en dicha acta, que se da íntegramente por reproducida.

RAZONAMIENTOS JURIDICOS

PRIMERO.- Conforme a lo previsto en el artículo 84, apartado 2 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social, si las partes alcanzan un acuerdo, siempre que no sea constitutivo de lesión grave para alguna de las partes, fraude de ley o abuso de derecho, se dictará decreto aprobándola y se acordará el archivo de las actuaciones.

En consecuencia, habiéndose obtenido avenencia entre las partes y no apreciándose lesión grave para alguna de ellas, fraude de ley ni abuso de derecho, procede la aprobación del Acuerdo alcanzado por las partes.

PARTE DISPOSITIVA

Se aprueba la conciliación obtenida por las partes, en fecha 12/03/2019, en los términos siguientes:

Con carácter previo la parte actora desiste de su demanda frente a CAVADA Y NIETO S.L

La empresa SEGOPI CENTRO S.L ofrece la cantidad de 6.500 euros netos en conceptos de demanda a abonar en el plazo de cuatro días en la cuenta bancaria abierta a nombre del trabajador en la entidad BANKIA ES57 2038 2956 7260 0025 6159.

Con el percibo de la citada cantidad el trabajador manifiesta no tener nada más que reclamar por ningún concepto.

MODO DE IMPUGNACIÓN: Contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión, en el plazo de TRES DÍAS desde su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social, ingresar la cantidad de 25 Euros, dicho depósito habrá de realizarse mediante el ingreso de su importe en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de este Juzgado en la entidad BANCO DE SANTANDER IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274 número 2503-0000-00-0916-18.

Así lo acuerdo y firmo. Doy fe.

El/ LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

D./Dña. MARÍA JOSÉ VILLAGRÁN MORIANA

DILIGENCIA.- Seguidamente se cumple lo acordado, y se procede a su notificación a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 L.R.J.S. .Doy fe.

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a CAVADA Y NIETO SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a catorce de marzo de dos mil diecinueve.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/10.303/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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