Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 85

Fecha del Boletín 
10-04-2019

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20190410-150

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 21

150
Madrid número 21. Procedimiento 1.008 de 2018, notificación a Cristian Sánchez Gómez

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Dña. ARACELI CRESPO PASCUAL LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social n.o 21 de Madrid.

HAGO SABER: Que en el procedimiento 1008/2018 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D. CRISTIAN SÁNCHEZ GÓMEZ frente a RYANAIR, L. T. D., sobre Procedimiento Ordinario se ha dictado la siguiente resolución:

Por repartida la anterior demanda el 17/09/2018 presentada por D/Dña. CRISTIAN SÁNCHEZ GÓMEZ, teniendo por parte demandada a RYANAIR, L. T. D., regístrese y fórmense los autos, y como quiera que se advierten los siguientes defectos:

a) Debe desglosar las cantidades reclamadas en demanda.

b) Faltan anexos que dice acompañar en su demanda.

c) Debe acompañar certificación del acto de conciliación ante el SMAC o de la papeleta de conciliación administrativa ante el citado organismo, de no haberse celebrado en plazo legal, en los términos de los artículos 64 y siguientes de la LRJS y 81 del mismo texto legal.

NO HA LUGAR, por ahora, a su admisión a trámite, requiriéndose a la actora a fin de que en el plazo de CUATRO DÍAS subsane los defectos indicados, y asimismo, requiérase a la parte actora a fin de que en el plazo de QUINCE DÍAS acredite la celebración o el intento de conciliación previa, de conformidad con lo preceptuado en el art.81.2 de la Ley de la Jurisdicción Social, con advertencia de que caso de no hacerlo así en el indicado plazo se acordará sin más trámite el archivo de las actuaciones (art. 81.1 de la Ley de Reguladora de la Jurisdicción Social), asimismo de conformidad con lo dispuesto en el art. 53 de la L.R.J.S. las partes deberán indicar en la primera comunicación ante este Juzgado los datos relativos a n.o de teléfono, fax, dirección electrónica o similar, así como los cambios que puedan realizarse para poder ser utilizados como instrumentos de comunicación con las partes.

MODO DE IMPUGNACIÓN: Mediante recurso de REPOSICIÓN ante este Juzgado, no obstante, lo cual, se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de TRES días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (art. 186.1 L.J.S).

Así lo acuerdo y firmo. Doy fe.

LA LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

Y para que sirva de notificación en legal forma a D. CRISTIAN SÁNCHEZ GÓMEZ, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a dieciocho de marzo de dos mil diecinueve.

LA LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/10.617/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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