Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 86

Fecha del Boletín 
11-04-2019

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20190411-112

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 8

112
Madrid número 8. Procedimiento 872 de 2018, notificación a I Madrid Dental Proyectos Odontológico, S. L.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Don José Antonio Rincón Mora, letrado/a de la Admón. de Justicia del Juzgado de lo Social n.o 08 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento 872/2018 de este Juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. RAQUEL GONZALEZ CUADRADO frente a I MADRID DENTAL PROYECTOS ODONTOLOGICO SL sobre procedimiento ordinario se ha dictado la siguiente resolución:

Vistos por mí, don Javier Carazo Rubio, magistrado adscrito como refuerzo al Juzgado de lo Social número 8 de Madrid, los presentes autos seguidos a instancias de doña Raquel González Cuadrado contra la mercantil I MADRID DENTAL PROYECTO ODONTOLÓGICO, S.L.U., que no comparece, ha pronunciado la siguiente

EN NOMBRE DEL REY

Ha dictado la siguiente

SENTENCIA N.o70

En Madrid, 20 de febrero de 2019.

ANTECEDENTES

PRIMERO.- En fecha 4 de septiembre de 2018 se presentó demanda admitida a trámite por decreto que convoca a las partes a previa conciliación y juicio para el 20 de febrero de 2019.

SEGUNDO.- En la fecha señalada se celebró, con la comparecencia de la parte actora, el acto de juicio, no compareciendo la demandada citada en legal forma.

La parte actora se ratificó en su pretensión inicial. Tras alegar los hechos y fundamentos que estimó pertinentes a su derecho, propuso como prueba la documental aportada y el interrogatorio de parte.

Admitida la prueba solicitó en conclusiones que se dictase sentencia de acuerdo al suplico de la demanda.

FALLO

Estimo la demanda formulada por DOÑA RAQUEL GONZÁLEZ CUADRADO contra la mercantil I MADRID DENTAL PROYECTO ODONTOLÓGICO, S.L.U., y la condeno a abonarle la cantidad de 2.396,71 euros, con el recargo del artículo 29.3 ET.

Comuníquese la presente resolución a las partes.

Se advierte a las partes que esta sentencia es firme y contra ella no cabe interponer recurso alguno.

Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.

PUBLICACIÓN.- En la misma fecha fue leída y publicada la anterior resolución por el Ilmo. Sr. Magistrado que la dictó, celebrando audiencia pública. Doy fe.

DILIGENCIA.- Seguidamente se procede a cumplimentar la notificación de la anterior resolución. Doy fe.

Y para que sirva de notificación en legal forma a I MADRID DENTAL PROYECTOS ODONTOLOGICO SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletin Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan in al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a veinticinco de febrero de dos mil diecinueve.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/11.818/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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