Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 86

Fecha del Boletín 
11-04-2019

Sección 4.60.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20190411-60

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID

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Madrid. Sección Décima. Procedimiento 161 de 2018, notificación a Aitong Chen

Sección Décima

EDICTO

Doña María Isabel Alonso Grañeda, letrada de la Administración de Justicia de la Sección Décima de la Audiencia Provincial de Madrid,

Doy fe y testimonio: Que en este Tribunal se sigue el recurso de apelación número 161 de 2018, a instancias del procurador don Andrés Fernández Rodríguez, en nombre y representación de Iberdrola Generación, S. A. U., contra don Aitong Chen, declarado en rebeldía procesal, en el que se ha dictado sentencia en fecha 5 de abril de 2018, cuyo encabezamiento y parte dispositiva son del tenor literal siguiente:

Sentencia número 148 de 2018

En Madrid, a 5 de abril de 2018.—Los/as ilustrísimos/as señores/as magistrados/as don José Manuel Arias Rodríguez, doña María Isabel Fernández del Prado y doña María Begoña Pérez Sanz.

La Sección Décima de la ilustrísima Audiencia Provincial de esta capital, constituida por los señores anteriormente citados, ha visto, en trámite de apelación, los presentes autos civiles procedimiento ordinario número 580 de 2015 seguidos en el Juzgado de primera instancia e instrucción número 7 de Valdemoro a instancias de Iberdrola Generación, S. A. U,. apelante-demandante, representada por el procurador don Andrés Fernández Rodríguez y defendido por letrado, contra don Aitong Chen apelado-demandado, incomparecido en esta instancia; todo ello en virtud del recurso de apelación interpuesto contra sentencia dictada por el mencionado Juzgado, de 30 de marzo de 2017.

Se aceptan y se dan por reproducidos en lo esencial los antecedentes de hecho de la sentencia impugnada en cuanto se relacionan con la misma.

Visto, siendo magistrado ponente don José Manuel Arias Rodríguez.

Fallamos

Que, con estimación del recurso de apelación interpuesto por la procuradora doña Alicia Orihuela Velasco, en representación de Iberdrola Generación, S. A. U., frente a la sentencia dictada el día 30 de marzo del año 2017 por la ilustrísima señora magistrada del Juzgado de primera instancia número 7 de Valdemoro, en los autos a que el presente rollo se contrae, debemos revocar y revocamos la resolución indicada y, en consecuencia, con estimación de la demanda, condenamos a don Aitong Chen a que abone a la actora la cantidad de 33.184,87 euros, más los intereses legales desde la interpelación judicial, imponiéndole las costas procesales causadas en la primera instancia, sin hacer especial pronunciamiento respecto a las de esta alzada.

La estimación del recurso determina la devolución del depósito constituido, de conformidad con lo establecido en la disposición adicional 15.a de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, introducida por la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, complementaria de la Ley de Reforma de la legislación procesal para la implantación de la nueva oficina judicial.

Remítase testimonio de la presente resolución al Juzgado de procedencia para su conocimiento y efectos.

Modo de impugnación: Contra esta sentencia no cabe recurso ordinario alguno, sin perjuicio de que contra la misma puedan interponerse aquellos extraordinarios de casación o infracción procesal, si concurre alguno de los supuestos previstos en los artículos 469 y 477 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, en el plazo de veinte días y ante esta misma Sala, previa constitución, en su caso, del depósito para recurrir previsto en la disposición adicional decimoquinta de la Ley Orgánica del Poder Judicial, debiendo ser consignado el mismo en la cuenta de depósitos y consignaciones de esta Sección, abierta en Banco Santander, oficina número 6114, sita en la calle Ferraz, número 43, 28008 Madrid, con el número de cuenta 2577-0000-00-0161-18, bajo apercibimiento de no admitir a trámite el recurso formulado.

Así, por esta nuestra sentencia, de la que se unirá certificación literal al rollo de sala número 161/2018, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.

En Madrid, a 15 de marzo de 2019.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(02/11.511/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.60.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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