Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 86

Fecha del Boletín 
11-04-2019

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20190411-68

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 69

68
Madrid número 69. Procedimiento 785 de 2016, notificación a Beauty in Chic Pelo y Cuerpo, S. L. U.

EDICTO

Doña Virginia Marta González Granado, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de primera instancia número 69 de los de Madrid.

Hago saber: Que en los autos de juicio verbal seguidos en este Juzgado con el número 785 de 2016, a instancias de Vanessa Ana Rincón Arnal, representada por la procuradora Maria Lourdes Redondo García, contra Beauty in Chic Pelo y Cuerpo, S. L. U., se ha acordado notificar la sentencia dictada en los presentes al demandado, cuyo encabezamiento y parte dispositiva son del tenor literal siguiente:

“Sentencia número 221 de 2017

En Madrid, a 12 de junio de 2017.—En nombre de su majestad El Rey: vistos por la señora doña Beatriz López Frago, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia número 69 de los de Madrid, los presentes autos de juicio verbal número 785 de 2016, tramitados en este Juzgado a instancias de doña Vanessa Ana Rincón Arnal, representada por la procuradora de los tribunales doña María Lourdes Redondo García, y asistida por el letrado don Jorge Báguena Fernández, contra Beauty in Chic Pelo y Cuerpo, S. L. U., declarada en rebeldía procesal, y

Fallo

Estimando la demanda formulada por doña Vanessa Ana Rincón Arnal, representada por la procuradora de los tribunales señora Redondo García, contra Beauty in Chic Pelo y Cuerpo, S. L. U., declarada en rebeldía procesal, debo condenar y condeno a la demandada a abonar a la actora la suma de 3.438,45 euros de principal, cantidad que devengará el interés legal del dinero a contar desde la interposición de la demanda y hasta la presente resolución y el legal del dinero incrementado en dos puntos a contar desde la presente resolución y hasta su completo pago. Con expresa imposición de las costas derivadas de esta reclamación a la parte demandada condenada”.

Y como consecuencia del ignorado paradero de Beauty in Chic Pelo y Cuerpo, S. L. U., y para que sirva de notificación en forma al referido demandado y su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID expido y firmo la presente.

En Madrid, a 10 de junio de 2017.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(02/33.772/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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