Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 87

Fecha del Boletín 
12-04-2019

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20190412-220

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE FERROL NÚMERO 1

220
Ferrol número 1. Procedimiento 474 de 2018, notificación a Chicago Bridge & Iron Company España

EDICTO

Dª MARIA LUZ GARCIA IGLESIAS, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social nº 1 de FERROL, HAGO SABER:

Que en el procedimiento procedimiento ordinario 0000474/2018 de este Juzgado de lo Social, seguidos a instancia de D/Dª LETICIA MARIA LINARES OCAMPO, MARIA JOSE OCAMPO GUILLEN, MARIA JOSE LINARES OCAMPO, PAULA MARIA LINARES OCAMPO, MONICA MARIA LINARES OCAMPO contra la empresa CHICAGO BRIDGE&IRON COMPANY ESPAÑA, TECNOLOGIA Y MONTAJE S.A., MONTAJES GALICIA S.A., INNAVAL SID, GESTECMON INTERNACIONALS.A., IZAR CONSTRUCCIONES NAVALES EN LIQUIDACION, S.A., NAVANTIA S.A., SUMINISTROS PREFABRICACIONES MONTAJESS.A., EMPRESA AUXILIAR CONSTRUCCION DE BUQUES, METALURGICA RIAS BAJAS S.A., NERVION SA NERVION, TECNYMO S.A., sobre ordinario, se ha dictado la siguiente sentencia, cuyo fallo se adjunta:

“FALLO

Que, resolviendo en el sentido expresado en el fundamento de derecho único, y estimando parcialmente la demanda interpuesta por Dª MARIA JOSE OCAMPO GUILLEN, DªMARIA JOSE LINARES OCAMPO, Dª PAULA MARIA LINARES OCAMPO, DªMONICA MARIA LINARES OCAMPO y Dª LETICIA MARÍA LINARES OCAMPO, contra las empresas IZAR CONSTRUCCIONES NAVALES S.A. EN LIQUIDACIÓN, NAVANTIA S.A., NERVION SA, TECNYMO SA, SUMINISTROS PREFABRICACIONES Y MONTAJES SA, INNAVAL SID, MONTAJES GALICIA SA, METALÚRGICA RIAS BAJAS SA, AUXILIAR CONSTRUCCION DE BUQUES, y CHICAGO BRIDGE & IRON COMPANY ESPAÑA SA, debo condenar y condeno solidariamente a IZAR CONSTRUCCIONES NAVALES S.A. EN LIQUIDACIÓN, y a NAVANTIA S.A., al pago a Dª MARIA JOSE OCAMPO GUILLEN de la cantidad de 108621 euros; al pago a Dª MARIA JOSE LINARES OCAMPO de la cantidad de 20451 euros; al pago a Dª PAULA MARIA LINARES OCAMPO de la cantidad de 20451 euros; al pago a Dª MONICA MARIA LINARES OCAMPO de la cantidad de 20451 euros; y al pago a Dª LETICIA MARÍA LINARES OCAMPO de la cantidad de 20451 euros; cantidades todas ellas más el interés legal desde la fecha del 21/06/2018 de la papeleta de reclamación efectuada ante el SMAC hasta la fecha de la presente Sentencia; y todo ello, con la absolución de las otras empresas codemandadas.

Notifíquese esta Sentencia a las partes, haciéndoles saber que contra la misma pueden interponer recurso de suplicación, que deberá anunciarse ante este Juzgado en el término de cinco días desde la notificación de la presente Sentencia, por comparecencia, o por escrito de las partes, su Abogado o su representante legal, designando al Letrado que deberá de interponerlo, siendo posible el anuncio por mera manifestación de aquélla al ser notificada, y que será resuelto, en su caso y cumplidos los trámites legales, por la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia. Si el recurrente es el empresario, será indispensable que al tiempo de anunciar el recurso exhiba el resguardo acreditativo de haber depositado la cantidad objeto de la condena en la cuenta de este Juzgado oficina de la calle Real de Ferrol (Banco Santander), nº de cuenta 1564, clave 65, o resguardo acreditativo de haber efectuado trasferencia bancaria a la cuenta con IBAN ES5500493569920005001274 indicando en el campo de beneficiario de dicha transferencia este Juzgado de lo Social núm.1 de Ferrol, debiendo consignar además en concepto de depósito y en impreso separado al importe de la condena, la suma de 300 euros depositándola en la cuenta de este Juzgado oficina de la calle Real de Ferrol (Banco Santander), n.o de cuenta 1564, clave 36, o por medio de trasferencia bancaria a la cuenta con IBAN ES5500493569920005001274 indicando también en el campo de beneficiario de dicha transferencia este Juzgado de lo Social núm.1 de Ferrol.

Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo”.

Y para que sirva de notificación en legal forma a CHICAGO BRIDGE&IRON COMPANY ESPAÑA, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia o cuando se trate de emplazamiento.

En FERROL, a quince de marzo de dos mil diecinueve.

LA LETRADA DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

(03/10.834/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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