Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 89

Fecha del Boletín 
15-04-2019

Sección 3.10.20C: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20190415-42

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE COSLADA

RÉGIMEN ECONÓMICO

42
Coslada. Régimen económico. Retribuciones incapacidad temporal

Corrección de errores de la aprobación en sesión ordinaria del Pleno Municipal del acuerdo por el que se abona el 100 por 100 de las retribuciones ordinarias desde el primer día en situación de incapacidad temporal.

Apreciado error material en la publicación de la citada aprobación, BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 69, de fecha 22 de marzo de 2019, se procede a su corrección en los siguientes términos:

En donde dice:

“Las modificaciones realizadas en el Reglamento del Fondo Social del Ayuntamiento de Coslada se considerarán definitivamente aprobadas si durante el citado plazo no se hubieran presentado reclamaciones; en caso contrario, el Pleno dispondrá del plazo de un mes para resolverlas”.

Debe decir:

“El acuerdo por el que se abona el 100 por 100 de las retribuciones ordinarias desde el primer día en situación de incapacidad temporal se considerará definitivamente aprobado si durante el citado plazo no se hubieran presentado reclamaciones; en caso contrario, el Pleno dispondrá del plazo de un mes para resolverlas”.

Coslada, a 29 de marzo de 2019.—El alcalde-presidente, Ángel Viveros Gutiérrez.

(03/12.734/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20C: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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