Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 96

Fecha del Boletín 
24-04-2019

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20190424-163

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 33

163
Madrid número 33. Procedimiento 79 de 2019, notificación a Albycon Contratas, S. L.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Almudena Botella García-Lastra, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 33 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 79 de 2019 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Jesús García Miguel Gallego-Nicasio, frente a Albycon Contratas, S. L., sobre procedimiento ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:

“Estimo la demanda formulada por don Jesús García Miguel Gallego-Nicasio y condeno a Albycon Contratas, S. L. a abonarle 6.964,64 euros de principal, así como 389,58 euros de interés por mora.

Se advierte a las partes de que contra esta sentencia puede interponerse recurso de suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, anunciándolo por comparecencia o por escrito en este Juzgado en el plazo de los cinco días siguientes a su notificación y designando letrado o graduado social colegiado para su tramitación...”

Y para que sirva de notificación en legal forma a Albycon Contratas, S. L., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a 6 de marzo de 2019.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(03/12.257/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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