Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 96

Fecha del Boletín 
24-04-2019

Sección 4.90.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20190424-98

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE MADRID NÚMERO 31

98
Madrid número 31. Procedimiento 2.375 de 2018, notificación a Chistian Blanco Domínguez

EDICTO

Doña María Redondo Vergara, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de instrucción número 31 de Madrid.

Doy fe y testimonio: Que en el juicio sobre delitos leves número 2.375 de 2018, se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y fallo dice:

Fallo

Que debo condenar y condeno a don Chistian Blanco Domínguez, como autor penalmente responsable de un delito leve contra el patrimonio, previsto y penado en el artículo 234.2, 16 y 62, en grado de tentativa, del Código Penal, a la pena de cuarenta y cinco días, a razón de 10 euros diarios, debiendo proceder a su abono una vez agotado el plazo referido, firme la resolución y requerido para ello, sin perjuicio de su abono previo al transcurso de dicho plazo; en su defecto, y de conformidad con lo prevenido en el artículo 53 del Código Penal, quedará sujeto a responsabilidad personal subsidiaria y costas del procedimiento.

Quedando sin efecto el depósito efectuado sobre el objeto recuperado.

La presente resolución no es firme, y contra la misma cabe interponer recurso de apelación en ambos efectos en este Juzgado para ante la Audiencia Provincial de Madrid, en el plazo de cinco días desde su notificación.

Así, por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a don Chistian Blanco Domínguez, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido la presente.

En Madrid, a 7 de marzo de 2019.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(03/13.228/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.90.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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