Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 97

Fecha del Boletín 
25-04-2019

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20190425-28

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE ALCOBENDAS

RÉGIMEN ECONÓMICO

28
Alcobendas. Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones

Extracto del decreto 628, de 4 de abril de 2019, de la presidencia del Patronato de Bienestar Social del Ayuntamiento de Alcobendas, por el que se convocan subvenciones a asociaciones juveniles.

BDNS (identif.): 449763

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):

Primero. Beneficiarios.—Asociaciones debidamente registradas en el Registro de Asociaciones, Fundaciones y Entidades Análogas del Ayuntamiento de Alcobendas que dirijan sus actividades mayoritariamente a la infancia y juventud de Alcobendas entre cero y treinta años.

Excepcionalmente, y con el correspondiente informe técnico que lo autorice, podrán solicitar la subvención asociaciones en trámite de registro municipal, siempre y cuando los trámites de inscripción se hayan iniciado con anterioridad a la publicación de la convocatoria.

Segundo. Objeto.—Fomento del Asociacionismo y la Participación Ciudadana del Ayuntamiento de Alcobendas a través del impulso de actividades de interés público y social que tengan por finalidad: promover y apoyar el asociacionismo, especialmente en la formación de redes asociativas y el desarrollo de servicios de interés general para la colectividad y atribuidos a la competencia local. Fomentar valores sociales y culturales y nuevas formas de participación ciudadana. Favorecer la cooperación entre el sector público y el privado sin ánimo de lucro.

Tercero. Bases reguladoras.—Ordenanza municipal reguladora de las subvenciones de fomento del asociacionismo y la participación ciudadana del Ayuntamiento de Alcobendas, publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 20 de febrero de 2009.

Cuarto. Cuantía.—El importe total máximo destinado a estas subvenciones es de 18.000 euros.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.—Será de treinta días naturales a partir del día siguiente de la publicación de esta convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Sexto. Otros datos.—Las solicitudes se dirigirán a la presidenta del Patronato de Bienestar Social, junto a la documentación requerida en el punto 5 de las bases de la convocatoria, y utilizando los modelos que aparecen como anexos en la misma.

La convocatoria se encuentra íntegramente expuesta en el tablón de edictos del Ayuntamiento, tablón de anuncios de Imagina, y en las páginas web: www.alcobendas.org y www.imaginalcobendas.org

Alcobendas, a 11 de abril de 2019.—La concejala-delegada de Familia y Protección Social, Salud, Consumo, Infancia, Adolescencia, Juventud, Mayores y Promoción de la Igualdad. Presidenta del Patronato de Bienestar Social, Mónica Amada Sánchez Galán.

(03/14.590/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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