Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 100

Fecha del Boletín 
29-04-2019

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20190429-180

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 40

180
Madrid número 40. Procedimiento 616 de 2018, notificación a Outlet Touristic Services, S. L., y otros

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María José Villagrán Moriana, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 40 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 616 de 2018 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Montserrat Mondéjar del Amo, frente a Aura Airlines, S. L., Fondo de Garantía Salarial, Muchoviaje, S. A., BeFree Incoming, S. L., Gowaii Vacation Holding, S. L., Project Tizona, S. L., Gowaii Investment, S. L., Weare Hotels & More, S. L., UTE Mundiplan, Weare Mundicolor Travel Agency, S. L., Main Control Corp., S. L., Outlet Touristic Services, S. L., Naturaleza y Turismo, S. L., y 123 Caribbean Travel, S. L., sobre despidos/ceses en general, se ha dictado la siguiente resolución:

Parte dispositiva:

Se aprueba la conciliación obtenida por las partes, en fecha 1 de abril de 2019, en los términos siguientes:

Con carácter previo, la parte actora desiste de todas las demandadas, excepto de Muchoviaje, S. A.

La empresa Muchoviaje, S. A., se ratifica en las causas de despido comunicadas a la trabajadora, con efectos de 22 de abril de 2018, y ofrece a la misma el pago de la suma de 45.000 euros netos, de los cuales, 41.758,19 euros corresponden a indemnización y 3.241,81 euros corresponden a liquidación de haberes, saldo y finiquito.

La cantidad de 45.000 euros se abonará de la siguiente forma: 26.000 euros que ya han sido abonados a la actora mediante transferencia bancaria en el día de hoy (15.000 euros han sido transferidos vía Banco de España, y 11.000 euros por transferencia ordinaria), y el resto, 19.000 euros, será abonados mediante transferencia bancaria, en el plazo de una semana, en la cuenta corriente donde la trabajadora venía percibiendo su salario.

La trabajadora acepta y con el percibo de dichas cantidades, se da por saldada y finiquitada, sin tener nada más que reclamar a la empresa.

Modo de impugnación: contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión, en el plazo de tres días desde su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social, ingresar la cantidad de 25 euros; dicho depósito habrá de realizarse mediante el ingreso de su importe en la cuenta de depósitos y consignaciones de este Juzgado, en la entidad Banco Santander, IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274, número 4684-0000-61-0616-18.

Así lo acuerdo y firmo. Doy fe.—La letrada de la Administración de Justicia, María José Villagrán Moriana.

Diligencia.—Seguidamente se cumple lo acordado, y se procede a su notificación a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social.—Doy fe.

Y para que sirva de notificación en legal forma a Outlet Touristic Services, S. L. y BeFree Incoming, S. L., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Se advierte a las destinatarias de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a 1 de abril de 2019.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(03/14.291/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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