Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 100

Fecha del Boletín 
29-04-2019

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20190429-203

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE SEVILLA NÚMERO 6

203
Sevilla número 6. Ejecución 122 de 2017, notificación a Proman Servicios Generales, S. L.

EDICTO

D/Dª MARIA BELEN PASCUAL HERNANDO, LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA DEL JUZGADO DE LO SOCIAL NUMERO 6 DE SEVILLA.

HACE SABER: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 122/2017 a instancia de la parte actora D/Da BEATRIZ CANELA GUILLOTO contra PROMAN SERVICIOS GENERALES SL sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado Decreto de fecha 29/01/19 del tenor literal siguiente:

PARTE DISPOSITIVA

ACUERDO:

Declarar al ejecutado PROMAN SERVICIOS GENERALES SL en situación de Insolvencia total en cuanto a la reclamación de cantidad derivada del Auto de Extinción de la Relación Laboral por un total de 9.935,33 euros en concepto de principal, (desglosado de la siguiente manera: 1.928,036 en concepto de indemnización y 8.007,30 euros en concepto de salarios de tramitación) más la de 1.490,29 euros ccalculados para intereses, costas y gastos del procedimiento, insolvencia que se entenderá a todos los efectos como provisional.

Expídanse a la parte ejecutante las oportunas copias necesarias para su aportación al Fogasa, debiendo comparecer la parte solicitante en la secretaría de este Juzgado, en día y hora hábil para su recogida.

De conformidad con el artículo 276.5 de la Ley 36/11, en la redacción dada por la Ley 22/2003 de 9 de Julio Concursal, procédase a la anotación de la presente insolvencia en el Registro Mercantil Central.

Archivar las actuaciones previa anotación en los Libros de Registro correspondientes de este Juzgado, y sin perjuicio de continuar la ejecución si en lo sucesivo se conocieren bienes del ejecutado sobre los que trabar embargo.

Notifíquese la presente resolución a las partes.

MODO DE IMPUGNACIÓN: Contra la presente resolución cabe recurso directo de revisión que deberá interponerse ante quien dicta la resolución en el plazo de tres días hábiles siguientes a la notificación de la misma con expresión de la infracción cometida en la misma a juicio del recurrente, artículo 188 LRJS. El recurrente que no tenga la condición de trabajador o beneficiario de régimen público de la Seguridad Social deberá hacer un depósito para recurrir de 25 euros en el n.° de cuenta de este Juzgado n.° 4025000064101016 debiendo indicar en el campo “Concepto” la indicación recurso seguida del código “31 Social- Revisión”. Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria, deberá incluir tras la cuenta referida, separados por un espacio con la indicación “recurso” seguida del “código 31 Social- Revisión”. Si efectuare diversos pagos en la misma cuenta, deberá especificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase, indicando en el campo de “Observaciones” la fecha de la resolución recurrida utilizando el formato dd/mm/aaaa. Quedan exentos de su abono, en todo caso, el ministerio fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades locales y los Organismos Autónomos dependientes de ellos.

LA LETRADA DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Y para que sirva de notificación a la demandada PROMAN SERVICIOS GENERALES SL, actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia o se trate de emplazamientos.

En Sevilla, a veinticinco de marzo de dos mil diecinueve.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

(03/13.640/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20190429-203