Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 100

Fecha del Boletín 
29-04-2019

Sección 4.90.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20190429-68

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE MADRID NÚMERO 4

68
Madrid número 4. Procedimiento 871 de 2018, notificación a Consuelo Silva Torosio

EDICTO

Don Pedro José Hernández Gallego, letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de instrucción número 4 de Madrid.

Doy fe y testimonio: Que en el juicio sobre delitos leves número 871 de 2018 se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y fallo dice:

Sentencia número 516 de 2018

Madrid, a 14 de diciembre de 2018.—Vistos por mí, don Marcelino Sexmero Iglesias, ilustrísimo señor magistrado-juez de este Juzgado de instrucción número 4 de Madrid, los presentes autos de juicio sobre delito leve número 871 de 2018, contra doña Consuelo Silva Torosio, en los que ha sido parte el ministerio fiscal, y doña Ruth Morillas Huélamo, en virtud de las facultades que me han sido dadas por la Constitución y en nombre de Su Majestad El Rey, dicto la siguiente sentencia:

Fallo

Que debo condenar y condeno a doña Consuelo Silva Torosio, como autora de un delito leve de usurpación, en grado de un mes multa con una cuota diaria de 3 euros, con la responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas diarias no satisfechas, así como a que abone las costas de juicio.

Si no se satisface/n la multa voluntariamente o por vía de apremio, el/los condenado/s quedará/n sujeto/s a una responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas diarias no satisfechas, que podrá cumplirse en régimen de localización permanente.

Hágase entrega definitiva del local a su propietario en el plazo de quince días, con apercibimiento de desalojo a su costa si no lo hiciera voluntariamente.

Notifíquese la presente resolución a las partes, con la advertencia de que no es firme y cabe interponer recurso de apelación, dentro de los cinco días siguientes a su notificación, ante este Juzgado, por escrito y en la forma prevista en los artículos 790 a 792 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.

De mostrar conformidad con la sentencia, se le requiere para que en el plazo de diez días haga efectiva la multa impuesta mediante ingreso en la cuenta de consignaciones número 2464-0000-A1-0871-18 del “Banco Santander”.

Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a doña Consuelo Silva Torosio, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido la presente.

En Madrid, a 27 de marzo de 2019.—El letrado de la Administración de Justicia (firmado).

(03/13.401/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.90.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20190429-68