Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 100

Fecha del Boletín 
29-04-2019

Sección 4.90.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20190429-69

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE MADRID NÚMERO 4

69
Madrid número 4. Procedimiento 1.136 de 2018, notificación a Antonio Gómez Hag

EDICTO

Don Pedro José Hernández Gallego, letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de instrucción número 4 de Madrid.

Doy fe y testimonio: Que en el juicio sobre delitos leves número 1.136 de 2018 se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y fallo dice:

Vistos por mí, Marcelino Sexmero Iglesias, ilustrísimo señor magistrado-juez de este Juzgado de instrucción número 4 de Madrid, los presentes autos de juicio sobre delito leve número 1.136 de 2018, contra don Antonio Gómez Hag, en calidad de denunciado, y doña María Ángeles Martín Moreno, en calidad de responsable civil subsidiaria, en los que ha sido parte: el ministerio fiscal, Ernesto Estella Garbayo, como denunciante, y Gespevesa, S. A., como perjudicada; en virtud de las facultades que me han sido dadas por la Constitución y en nombre de Su Majestad El Rey, dicto la siguiente sentencia:

Fallo

Que debo condenar y condeno a don Antonio Gómez Hag, como autor de un delito leve de estafa, tipificado en el artículo 248 del Código Penal, a la pena de un mes de multa, con una cuota diaria de 3 euros, con la responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas diarias no satisfechas, así como a que abone las costas de juicio.

El acusado deberá indemnizar a Gespevesa, S. A. en la cantidad de 30 euros, con la responsabilidad civil subsidiaria de doña María Ángeles Martín Moreno.

Si no se satisface la multa voluntariamente o por vía de apremio, el condenado quedará sujeto a una responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas diarias no satisfechas, que podrá cumplirse en régimen de localización permanente.

Notifíquese la presente resolución a las partes, con la advertencia de que no es firme y cabe interponer recurso de apelación dentro de los cinco días siguientes a su notificación, ante este Juzgado, por escrito y en la forma prevista en los artículos 790 a 792 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.

De mostrar conformidad con la sentencia, se le requiere para que en el plazo de diez días haga efectiva la multa impuesta mediante ingreso en la cuenta de consignaciones número 2464-0000-A1-1136-18 del Banco Santander.

Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a don Antonio Gómez Hag, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido la presente.

En Madrid, a 29 de marzo de 2019.—El letrado de la Administración de Justicia (firmado).

(03/13.790/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.90.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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