Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 106

Fecha del Boletín 
06-05-2019

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20190506-114

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 38

114
Madrid número 38. Procedimiento 858 de 2018, notificación a Inversiones Hosteleros Casa Alicia, S. L.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D. JOSE ANTONIO RINCON MORA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 38 de Madrid, HAGO SABER:

Que en el procedimiento 858/2018 en materia de Materias laborales individuales seguido en este Juzgado de lo Social, a instancia de D. HECTOR JOSE DONA VEGA, D. JOSE ANDRES VARGAS PRADO y Dña. MARIA PASCUAL LOPEZ frente a INVERSIONES HOSTELEROS CASA ALICIA SL, FOGASA y D./Dña. CRISTINA IGLESIAS MIRAMON se ha dictado SENTENCIA en fecha 02/04/2019:

Hallándose en ignorado paradero INVERSIONES HOSTELEROS CASA ALICIA SL y de acuerdo con lo dispuesto en el art 59.2 LRJS, se ha acordado notificarle la misma por edictos, haciéndoles saber que su contenido íntegro está a disposición de la persona interesada para su consulta en este Órgano Judicial sito en C/ Princesa nº 3, 10ª planta, 28008, Madrid. Haciéndole saber que contra la misma cabe recurso de suplicación en plazo de CINCO DÍAS.

Este edicto cumple los criterios de protección de datos de carácter personal en el ámbito de la Administración de Justicia establecidos en los arts. 236 bis y siguientes de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LPJ) y la Instrucción 6/2012 de la Secretaría General de la Administración, relativa a la publicación de edictos en diarios y boletines oficiales y la protección de datos.

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a INVERSIONES HOSTELEROS CASA ALICIA SL en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a tres de abril de dos mil diecinueve.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/13.968/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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