Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 106

Fecha del Boletín 
06-05-2019

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20190506-77

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 20

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Madrid número 20. Procedimiento 818 de 2018, notificación a Grupo SVD Obra y Decoración y Realidad Virtual, S. L.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. ALMUDENA ORTIZ MARTIN LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 20 de Madrid, HAGO SABER:

Que en el procedimiento 818/2018 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. OSCAR LOPEZ RAMIREZ frente a GRUPO SVD OBRA Y DECORACION Y REALIDAD VIRTUAL SL sobre Despidos / Ceses en general se ha dictado la siguiente resolución:

FALLO

Que estimando la demanda de despido y cantidad formulada por D.OSCAR LOPEZ RAMIREZ contra LA EMPRESA GRUPO SVD OBRA Y DECORACION Y REALIDAD VIRTUAL S.L que no comparece pese a estar citada en legal forma, debo declarar y declaro improcedente el despido del actor de fecha de efectos de 20.06.2018 condenando a la empresa demandada a abonar al actor la suma de 3.281,85 euros en concepto de indemnización y 10.541,7 euros en concepto de salarios de tramitación. Declarando extinguida la relación laboral.

Asimismo a abono de la suma de 4.445.91 euros por los conceptos salariales estimados de su demanda.

Notifíquese esta resolución a las partes haciéndolas saber que la misma no es firme, y frente a ella cabe formular RECURSO DE SUPLICACION al tribunal Superior de Justicia de Madrid, el cual deberá anunciarse en éste Juzgado en el plazo de los CINCO días siguientes a la notificación de ésta resolución, bastando la manifestación de la parte o de su abogado o representante dentro del indicado plazo.

Si el recurrente no goza del beneficio de justicia gratuita deberá, al tiempo de anunciar el recurso, haber consignado la cantidad objeto de condena en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones que tiene abierta este Juzgado con el número 2518 en BANCO SANTANDER en la C/ Princesa nº 2 de Madrid (haciendo constar en el ingreso el número de procedimiento).

Así por ésta mi Sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

PUBLICACIÓN.- Leída y publicada fue la anterior sentencia en el día de la fecha por la Ilma. Sra. Magistrado que la suscribe en la Sala de Audiencias de este. Doy fe.

NOTA: De conformidad con el Reglamento (UE) 2016/679, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, se informa que la difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido dictada sólo podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácter personal que los mismos contuvieran y con pleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de tutela o a la garantía del anonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda.

Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos, ni comunicados con fines contrarios a las leyes.

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a GRUPO SVD OBRA Y DECORACION Y REALIDAD VIRTUAL SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletin Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a ocho de abril de dos mil diecinueve.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/13.997/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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