Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 109

Fecha del Boletín 
09-05-2019

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20190509-124

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 5

124
Madrid número 5. Procedimiento 1.299 de 2018, notificación a Five Ferdinand, S. L., y otros

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. MARIA JOSÉ VILLAGRAN MORIANA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 05 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento 1299/2018 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. MARCELO RAUL MORALES frente a FIVE FERDINAND S.L., FOODS AN DRINKS OF THE WORLD SL, FOGASA, VIJAKI GESTION Y DESARROLLO SL y D./Dña. CARMEN DE URMANETA RADA sobre procedimiento ordinario se ha dictado la siguiente resolución:

SENTENCIA NUMERO 149/19

EN NOMBRE DEL REY

En Madrid, a ocho de abril de dos mil diecinueve.

VISTOS por la Ilustrísima Sra. DOÑA ANGELA MOSTAJO VEIGA, Magistrada-Juez del Juzgado de lo Social nº 5 de los de Madrid los presentes autos sobre derecho y cantidad siendo partes en los mismos, de una como demandante D. MARCELO RAUL MORALES asistido por el Letrado d. José Luis Minaya Úbeda y de otra como demandada FIVE FERDINAND SL, FOODS AND DRINKS OF WORLD SL y VIJAKI GESTIÓN Y DESARROLLO SL que no comparecen, con citación de la Administradora concursal de FIVE FERDINAND SL, Dª CARMEN URMANETA RADA y del FONDO DE GARANTÍA SALARIAL que no comparecen.

FALLO

Que estimando parcialmente la demanda interpuesta por D. MARCELO RAUL MORALES contra FIVE FERDINAND SL, FOODS AND DRINKS OF WORLD SL y VIJAKI GESTIÓN Y DESARROLLO SL, con citación de la Administradora concursal de FIVE FERDINAND SL, Dª CARMEN URMANETA RADA y del FONDO DE GARANTÍA SALARIAL debo condenar a las empresas demandadas a que conjunta y solidariamente abonen al actor la suma de 3.856,38 € como consecuencia del vínculo laboral existente entre las partes desde el 10 de octubre 2.017 al 22 de julio 2.018, más un interés del 10 % en concepto de mora.

Notifíquese la presente resolución a las partes con la advertencia de que no es firme y contra ella cabe formular recurso de suplicación al Tribunal Superior de Justicia de Madrid, el cual deberá anunciarse en este Juzgado dentro de los cinco días siguientes a la notificación de esta resolución, bastando para ello la mera manifestación de parte o de su abogado, o representante al hacerle la notificación de aquella, de su propósito de entablarlo o bien por comparecencia o por escrito de las partes, de su abogado, o su representante dentro del plazo indicado.

Si el recurrente no goza del beneficio de justicia gratuita deberá al tiempo de anunciar el recurso haber consignado la cantidad objeto de condena, así como el depósito de 300 euros en la cuenta de depósitos y consignaciones que tiene abierta este Juzgado con el número ES 55 0049 3569 92 000500 1274 en el Banco Santander, haciendo constar en el ingreso: concepto 2503 0000 00 nº de autos (4 cifras), año.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

PUBLICACIÓN.- Leída y publicada fue la anterior Sentencia en el día de su fecha por la Ilma. Sra. Magistrada-Juez DOÑA ANGELA MOSTAJO VEIGA que la suscribe, en la Sala de Audiencias de este Juzgado. Doy fe.

DILIGENCIA.- Seguidamente se notifica la anterior resolución a las partes, por medio del correo certificado con acuse de recibo, conteniendo los sobres remitidos copia de la sentencia dictada y cédula de notificación. Doy fe.

Y para que sirva de notificación en legal forma a FIVE FERDINAND S.L., FOODS AN DRINKS OF THE WORLD SL y VIJAKI GESTION Y DESARROLLO S.L., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletin Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a nueve de abril de dos mil diecinueve.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/14.854/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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