Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 109

Fecha del Boletín 
09-05-2019

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20190509-130

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 8

130
Madrid número 8. Procedimiento 1.021 de 2018, notificación a Time 4 Advance, S. L.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Dña. RAQUEL PAZ GARCIA DE MATEOS LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 08 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento 1021/2018 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de Dº. VICTOR JAVIER SILVA BUENO frente a LUXOR ESPACIOS SL, TIME 4 ADVANCE SL y FONDO DE GARANTIA SALARIAL sobre Despidos / Ceses en general se ha dictado la siguiente resolución:

Se aprueba la conciliación obtenida por las partes, en fecha 15/03/2019, en los términos siguientes:

Iniciado el acto, se advierte a las partes de sus respectivos derechos y obligaciones, exhortándoles para que lleguen a un acuerdo amistoso que se obtiene en los siguientes términos:

En este acto el trabajador desiste de la Empresa TIME 4 ADVANCE SL con CIF B87956348 y de FOGASA por hacerse responsable en el pago subsidiario LUXOR ESPACIOS SL

LUXOR ESPACIOS SL reconoce adeudar por todos los conceptos de la demanda la cantidad de 1.065,19 € netos correspondiendo la cuantía de 272,84 € a la indemnización y el resto 792,35 € netos en concepto de salarios.

El pago se realizará antes del día 22/03/2019 mediante transferencia bancaria en la cuenta corriente ES21 0049 3127 6520 1408 2325.

Asimismo, LUXOR ESPACIOS SL se reserva las acciones que le corresponden frente a TIME 4 ADVANCE SL

El trabajador acepta y con el percibo de la mencionada cantidad queda saldado y finiquitado sin tener nada más que reclamar.

S.Sª., el Letrada de la Admón. de Justicia, aprueba la avenencia alcanzada por las partes, dando por concluido el acto y procede a continuación a dictar el Decreto de aprobación, extendiéndose la presente acta que firman los asistentes de lo que doy fe.

MODO DE IMPUGNACION: contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión, en el plazo de tres días desde su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social, ingresar la cantidad de 25 euros, dicho depósito habrá de realizarse mediante el ingreso de su importe en la cuenta de depósitos y consignaciones de este Juzgado en la entidad Banco Santander IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274 número 2506-0000-61-1021-18.

Así lo acuerdo y firmo. Doy fe.

LA LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

Dña. RAQUEL PAZ GARCIA DE MATEOS

Y para que sirva de notificación en legal forma a TIME 4 ADVANCE SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletin Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a quince de marzo de dos mil diecinueve.

LA LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/14.861/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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