Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 109

Fecha del Boletín 
09-05-2019

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20190509-185

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 38

185
Madrid número 38. Ejecución 140 de 2018, notificación a Helida Teresa Jaramillo Ochoa y otros

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. JOSE ANTONIO RINCON MORA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 38 de Madrid, HAGO SABER:

Que en el procedimiento 140/2018 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. JENY GISSELA GARMENDIA frente a D./Dña. HELIDA TERESA JARAMILLO OCHOA y PARRILLA Y CERVECERIA YOLANDA se ha dictado Decreto de Insolvencia en fecha 09/04/2019.

Hallándose en ignorado paradero PARRILLA Y CERVECERIA YOLANDA y HELIDA TERESA JARAMILLO OCHOA, y de acuerdo con lo dispuesto en el art.59.2 LRJS, se ha acordado notificarle la misma por edictos, haciéndoles saber que su contenido íntegro está a si disposición de la persona interesada para su consulta en el Órgano Judicial sito en C/ Princesa Nº3, 10ª planta, 28008 Madrid. Haciéndole saber que contra la misma cabe recurso de reposición en el plazo de TRES DIAS.

Este edicto cumple los criterios de protección de datos de carácter personal en el ámbito de la Administración de Justicia establecidos en los arts.236 bis y siguientes de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ) y la Instrucción 6/20123 de la Secretaría General de la Administración de Justicia, relativa a la publicación de edictos diarios y boletines oficiales y la protección de datos

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a D./Dña. HELIDA TERESA JARAMILLO OCHOA y PARRILLA Y CERVECERIA YOLANDA , en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid y en el Tablón de anuncios de este Juzgado.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto ,salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid , a nueve de abril de dos mil diecinueve .

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/14.973/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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