Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 110

Fecha del Boletín 
10-05-2019

Sección 4.140.40: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20190510-110

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 42

110
Madrid número 42. Procedimiento 209 de 2019, notificación a Limpieza Jardinería y Conserjería JRP Grupos, S. L.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. MARÍA DEL CARMEN MARTÍN GARCÍA, LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social n.o 42 de Madrid.

HAGO SABER: Que en el procedimiento 209/2019 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. FRANCISCO JOSÉ REYEROS VÁZQUEZ frente a LIMPIEZA JARDINERÍA Y CONSERJERÍA JRP GRUPOS SL sobre Despidos / Ceses en general se ha dictado la siguiente resolución:

SENTENCIA N.o 138/2019

En Madrid, a 5 de abril de 2019.

Vistos por la Ilma. Sra. Dña. Belén Tomás Herruzo, Magistrada Juez del Juzgado de lo Social número 42 de Madrid, los presentes autos seguidos en este juzgado bajo el número 209/2019, a instancias de ******, defendido por el Letrado *****, contra la mercantil LIMPIEZA, JARDINERÍA Y CONSERJERÍA JRP GRUPOS S.L, y el FOGASA, que no comparecen, sobre RESOLUCIÓN DE CONTRATO, se ha dictado la presente Sentencia resultando los siguientes:

FALLO

Que ESTIMANDO la demanda, origen de las presentes actuaciones promovida por ****** frente a LIMPIEZA, JARDINERÍA Y CONSERJERÍA JRP GRUPOS S.L,, debo declarar y declaro resuelto el contrato de trabajo entre la trabajadora y la empresa demandada, condenando a LIMPIEZA, JARDINERÍA Y CONSERJERÍA JRP GRUPOS S.L, a estar y pasar por dicha declaración y a que abone al demandante la cuantía de mil seiscientos veintisiete euros con cuarenta céntimos de euro (1.627,40 €) en concepto de indemnización.

Se notifica esta sentencia a las partes con la advertencia de que no es firme y contra ella cabe formular Recurso de Suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, el cual deberá anunciarse en este Juzgado dentro de los cinco días siguientes a la notificación de esta resolución, bastando para ello la mera manifestación de la parte o de su abogado, o su representante al hacerle la notificación de aquella, de su propósito de entablarlo o bien por comparecencia o por escrito de las partes, de su abogado, o de su representante dentro del plazo indicado.

Por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a LIMPIEZA JARDINERÍA Y CONSERJERÍA JRP GRUPOS SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a cinco de abril de dos mil diecinueve.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/15.461/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.40: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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