Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 112

Fecha del Boletín 
13-05-2019

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20190513-61

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE PARLA NÚMERO 1

61
Parla número 1. Procedimiento 412 de 2018, notificación a ignorados ocupantes calle Fernando III el Santo

EDICTO

En este Juzgado se siguen autos de procedimiento de juicio verbal (250.2), número 412 de 2018, entre don Rafael Amado Sepúlveda e ignorados ocupantes de la calle Fernando III el Santo, número 25, cuarto primera, Parla, en cuyos autos se ha dictado la siguiente resolución:

Sentencia número 187 de 2018

La magistrada-juez, doña Laura Yuste Fernández.—En Parla, a 5 de diciembre de 2018.

Fallo

Que estimando íntegramente la demanda de juicio verbal promovida por don Rafael Amado Sepúlveda, representado por la procuradora, doña Paloma del Barrio Barrios, frente a ignorados ocupantes de la calle Fernando III el Santo, número 25, cuarto primera, de la localidad de Parla, en situación procesal de rebeldía, debo condenar a dichas personas a que restituyan a la actora la posesión de dicho inmueble, dejándolo libre, vacuo y expedito, y a su entera disposición, cesando en cualquier acto que pueda limitar el ejercicio de su derecho de posesión, bajo apercibimiento de proceder al lanzamiento, con ayuda de la fuerza pública si fuere preciso, caso de no proceder al desalojo voluntario.

Todo ello con expresa condena en costas a la parte demandada.

Notifíquese esta sentencia a las partes, haciéndoles saber que no es firme y contra la misma cabe interponer recurso de apelación.

Y para que sirva de notificación a ignorados ocupantes calle Fernando III el Santo, número 25, cuarto primera, Parla, expido y firmo la presente.

En Parla, a 4 de febrero de 2019.—El letrado de la Administración de Justicia (firmado).

(02/15.418/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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